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Adopciones internacionales en España

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Los españoles adoptaron 4.472 niños de otros países en 2006 Además del país asiático, Rusia, Etiopía, Colombia y Ucrania son los principales países de origen.

18 julio`07.- La secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, Amparo Valcarce, ha presentado hoy los datos referidos a las adopciones internacionales en España durante 2006.

El pasado año, 4.472 niños y niñas procedentes de 36 países fueron adoptados en España, 951 menos que en 2005. Este descenso se debe a la disminución de adopciones en China y al menor número de solicitudes de adopción internacional registradas en nuestro país en 2005.

Pese al descenso, la República Popular de China ha vuelto a ser en 2006 el principal país de origen de los niños y niñas adoptados en nuestro país, con 1.759 expedientes (994 menos que en 2005). Esta variación interanual de adopciones se debe principalmente a que el país asiático extremó ya en 2006 los criterios para los solicitantes de adopción antes de la modificación legal que ha introducido este año.

Como viene siendo habitual, el segundo país donde más niños se han adoptado es la Federación Rusa, con 1.290 menores, una cifra similar a la de 2004 (1.262). Se trata de mayor volumen anual de adopciones en este país desde el inicio de estos procesos.

Etiopía, que en los últimos años se está consolidando como país de origen, es el siguiente país de procedencia de los menores. En 2006, los españoles adoptaron 304 niños etíopes (en 2005 fueron 227), lo que representa la mayor cifra de expedientes resueltos en este país en la historia de las adopciones internacionales.

En cuanto a Colombia, se resolvieron 260 expedientes, con lo que se mantiene la tendencia ascendente de los últimos años (fueron 240 en 2005).

Por lo que se refiere a Ucrania, en 2006 se adoptaron 181 niños, la menor cifra de los últimos años (en 2005 se adoptaron 394). Este hecho se explica por la suspensión de adopciones durante el segundo y tercer trimestre del año y por las modificaciones legales que ha introducido este país para proteger a la infancia.

Otros países importantes de origen fueron Nepal (173), India (79), Kazajstan (70), Panamá (41) o Perú (41).

Por lo que se refiere a la edad de los menores adoptados en 2006, el 77% tenía entre 0 y 2 años, el 15% entre 3 y 5 años, el 6% entre 6 y 8, y el 2% tenía más de nueve años en el momento de la adopción. Esta realidad está muy determinada por las adopciones de China donde la edad de los adoptados en muy corta. El 96,53% de los adoptados en este país tenía menos de dos años en el momento de la adopción, porcentaje que en el caso de la Federación Rusa alcanza el 65,5%.

El 88,4% de los niños ha sido adoptado por parejas y el 11,6% por personas en solitario.

Como demuestran los datos, la demanda de estos procesos es muy elevada. De hecho, en los últimos cinco años se han adoptado 23.012 niños y niñas en el extranjero, y las adopciones internacionales representan ya cerca del 90% de los procesos adoptivos en nuestro país.

Además, España es uno de los primeros países del mundo en términos relativos en adopciones internaciones.

PROCESO PARA LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL

El ciudadano español que desea adoptar un niño de origen extranjero debe cumplir los siguientes requisitos:

" Ser mayor de veinticinco años. En la adopción por ambos cónyuges basta que uno de ellos haya alcanzado dicha edad.
" Tener, por lo menos, catorce años más que el adoptado.
" Haber sido declarado idóneo para el ejercicio de la patria potestad por la entidad pública competente.

Para iniciar un expediente de adopción internacional es necesario dirigirse a los servicios de protección de menores de la ciudad en donde resida a fin de presentar una solicitud, o bien adoptar desde el país de origen a través de una Entidad Colaboradora de Adopción Internacional (una ECAI), debidamente autorizada por la comunidad autónoma y en permanente contacto con los órganos competentes de la administración correspondiente.

Los servicios de protección de menores de las CC.AA. son los responsables de determinar la idoneidad de los adoptantes.

Una vez determinada la idoneidad, existen dos posibles vías de tramitación de expedientes en los países de origen:

- Por Entidades Colaboradoras en materia de Adopción Internacional (ECAIs), acreditadas por las distintas Comunidades Autónomas y autorizadas por los países de origen.

- Por Vía Pública, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que gestiona los expedientes procedentes de las Comunidades Autónomas.

En cuanto al tiempo de espera, éste varía según los países, oscilando en la mayoría de ocasiones entre seis y 24 meses.


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