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Consejo.- Las madres solteras ya no deberán inventar un progenitor cuando inscriben a su hijo en el registro
MADRID, 8 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros aprobó hoy la modificación del reglamento del Registro Civil para eliminar la obligación, aún vigente, de que las madres o padres solteros inventen el nombre de un progenitor a la hora de inscribir a su hijo.
La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó en la rueda de prensa que "por increíble que parezca en los casos en los que existía una única filiación, la ley establece esta obligación a efectos de identificación". Además de eliminar esta obligación, se podrá suprimir del registro los nombres falsos que se hubieran inscrito hasta ahora. "Se va a poder eliminar esta historia ficticia", subrayó la ministra portavoz. Igualmente, en los casos de adopción esta reforma permitirá también omitir los datos de la filiación originaria cuando se produzca una nueva inscripción de nacimiento, como consecuencia del traslado del menor a una nueva ciudad o país.
En estos mismos supuestos de adopción se establece un procedimiento especial que permite prescindir del expediente y omitir cualquier referencia a los datos originarios de filiación
Con esta iniciativa el Gobierno pretende "asegurar el derecho fundamental a la intimidad y mejorar el derecho a la privacidad, tanto de los padres como de los hijos en una norma que era completamente arcaica y discriminatoria".
El Gobierno recalca también que así da cumplimiento "a una demanda social reiterada" y que ha sido referida en una Recomendación del Defensor del Pueblo. De la misma forma, se consigue una mayor coordinación y armonía con un principio jurídico como es el de veracidad y exactitud del contenido de los asientos del Registro.
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