| Menú principal |
|
| Noticias |
|
| Canales |
|
| Servicios |
|
|
Noticias de España - Noticias locales |
C.Valenciana.- Sanidad pagará 180.303 euros por la muerte de una mujer a la que perforaron el intestino
VALENCIA, 19 (EUROPA PRESS)
La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la conselleria de Sanidad a indemnizar con 180.303 euros a una mujer de 41 años que falleció en julio de 2000 de una peritonitis que le provocó días antes un cirujano cuando le practicaba una laparotomía exploradora en el Hospital de la Vega Baja de Orihuela (Alicante).
La sala cree que el importe reclamado por la familia de la víctima es "prudencial y razonablemente ajustado al montante de los perjuicios ocasionados por la muerte de una mujer joven, de 41 años, con dos hijos a su cargo y con una actividad laboral que generaba ingresos para la familia", además del "evidente e incuestionable daño moral" que su muerte le causó a sus parientes.
El tribunal estima así el recurso presentado por la familia de la mujer contra la desestimación presunta por silencio administrativo por parte de la conselleria de Sanidad en relación a la reclamación patrimonial presentada. La administración había reconocido la existencia de un nexo causal entre el shock séptico sufrido por la fallecida y la intervención quirúrgica a la que fue sometida aunque negaba que hubiera responsabilidad patrimonial ya que consideraba que no se produjo una mala praxis médica.
Según explica la sala, el consentimiento informado suscrito por la afectada "operaría en el supuesto de que nos enfrentáramos a un riesgo derivado de forma espontánea o natural de la intervención quirúrgica pero no cuando --como sucede en el caso que nos ocupa-- trae causa de una perforación de asa intestinal producida con ocasión del manejo de las tijeras por parte del cirujano para liberar las adherencias intetsinales". En este sentido, subraya que éste no es un riesgo "respecto del que el paciente puede prestar su consentimiento acerca de sy producción y aceptar y asumir sus consecuencias".
El tribunal recoge en la sentencia un informe de un facultativo especialista en medicina legal en el que se establecía que a la paciente se le realizó el 27 de junio de 2000 una laparotomía exploradora en la que se detectaron unas adherencias entre asas del intestino delgado y peritoneo parietal, de las que se liberó a la mujer digitalmente y a "punta de tijera".
Dos días después, se le diagnosticó un shock séptico y tuvo que ser intervenida de nuevo de urgencia en una oeración en la que se le detectó "abundante pus y material fecaloiodeo asociado a una perforación de asa", lo que significa que se le produjo una peritonitis secundaria a una fuga de contenido intestinal.
La mujer fue trasladada a la unidad de reanimación donde falleció el 6 de julio. En este caso, según la sala, "no se cumplió con la lex artis ni en la propia planificación de la intervención quirúrgica mixta digestivo-ginecológica, que debió hacerse en equipo por facultativos de ambas especialidades y no sólo por un cirujano general, ni en la practica de la intervención, ya que la perforación de un asa ileal en el curso de la laparotomía sólo puede ser imputable a una deficiencia técnica del cirujano, sin que posteriormente fuera tampoco detectada antes de cerrar la cavidad".
Esta detección hubiera permitido evitar la peritonitis pero, además, segun el tribunal, en el postoperatorio se constató una "ausencia de vigilancia para detectar y corregir anormalidades". Por ello, el perito conclyuó que había una relación causal entre la "incorrecta ejecución técnica de la laparotomía y el fallecimiento de la enferma", que le causó un daño atribuible al riesgo "generado por una técnica quirúrgica poco meticulosa en la atención a los detalles".
Noticias de España - Noticias locales
Ver el archivo de noticias de España - Noticias locales
|
|
|
| Boletín gratuito |
 |

|