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Vela/America's Cup.- El Consell regulará los espectáculos que se realicen en el puerto de Valencia
VALENCIA, 12 (EUROPA PRESS)
La Generalitat regulará, mediante un Decreto, el procedimiento para la obtención de las licencias de actividad y funcionamiento de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos que se instalen en la dársena interior del Puerto de Valencia con motivo de la XXXII edición de la America's Cup, según ha avanzado el secretario autonómico de Interior, Luis Ibáñez.
Ibáñez, que ha presidido hoy la Comisión de Espectáculos y Actividades Recreativas de la Comunitat Valenciana ha subrayado "la necesidad de establecer dicha regulación, dada la excepcionalidad, las características y el interés público" de un evento como el de la Copa del América, ya que estas medidas permitirán "agilizar y facilitar" la tramitación de los procedimientos para la concesión de las licencias y autorizaciones.
El titular de Interior ha explicado que los técnicos de la conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas han elaborado un borrador de proyecto de Decreto para reglamentar las actividades que desarrollen los equipos participantes en la Copa del América en sus establecimientos o bases, así como en las instalaciones auxiliares, y que, "por sus características especiales, requieren una adaptación de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat que regula los Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos".
Además, Luis Ibáñez ha matizado que "esta normativa no sólo regularía este tipo de actuaciones excepcionales, sino que facilitaría su normal funcionamiento sin que ello supusiera una merma en las medidas de seguridad exigibles".
Al mismo tiempo considera que esta reglamentación es "obligada" ya que la mayoría de las instalaciones que se prevén para la Copa del América unen "a su carácter excepcional la condición de no permanentes o efímeras", al vincularse de forma particular a los actos relacionados con este acontecimiento deportivo. Además trascienden, en cuanto a la limitación temporal, de las previsiones establecidas en el Decreto 5/2002, de 8 de enero, del Consell por el que se regula el procedimiento para la concesión por los Ayuntamientos de las licencias para la celebración de espectáculos o actividades recreativas en instalaciones eventuales, portátiles o desmontables.
Por otro lado, el secretario autonómico de Interior ha adelantado que la nueva orden que regula el horario de los establecimientos públicos en 2006 es "similar" a la de 2005 y que, "dados los buenos resultados", ha contado con el consenso de todos los miembros que constituyen la Comisión de Espectáculos y Actividades Recreativas de la Comunidad Valenciana, "ya que conjuga el respeto al ocio y al descanso".
Luis Ibáñez ha recordado que es "prioridad" del gobierno de la Generalitat "continuar velando para que se cumplan los preceptos establecidos en esta normativa", y ha añadido que "es de obligado cumplimento porque va en ello el beneficio de los intereses de la sociedad en su conjunto".
El responsable de Interior ha hecho hincapié en que "la orden de horarios establece que a partir de la hora de cierre del local, no se permitirá el acceso de ningún cliente, no se expenderá consumición alguna, y deberá quedar fuera de funcionamiento la música ambiental, las máquinas recreativas, vídeos o cualquier máquina similar, y las señales luminosas ubicadas en el exterior de los establecimientos".
Además, ha señalado que "desde la hora de cierre se encenderán las luces generales de local y las puertas de entrada y de emergencia quedarán abiertas y expeditas para que, en el plazo máximo de 30 minutos, se produzca el desalojo completo del local, como así lo marca la normativa autonómica".
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