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El TS confirma la denegación de permiso para realizar una consulta popular que coincidió con los comicios europeos
MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha confirmado una decisión de la Junta Electoral Central que denegó el permiso a una coordinadora de colectivos sociales, llamada "Córdoba Solidaria", para realizar una consulta popular ciudadana coincidiendo con los últimos comicios europeos, el pasado mes de junio.
En la resolución recurrida se señalaba que durante los días de reflexión y votación de unas elecciones no pueden celebrarse actos públicos como el que pretendía la citada plataforma, que había planeado instalar mesas en la proximidad de los colegios electorales cordobeses para que los ciudadanos se pronunciaran sobre diversos temas relativos a democracia, guerra, violencia, ecología, medio ambiente y economía.
En su recurso, la asociación alegaba que su encuesta, denominada "Consulta Social Europea", no constituía una campaña electoral ni estaba dirigida a la captación de votos, por lo que no debía haber sido denegado el permiso para realizarla conforme a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. La asociación acudió al Supremo solicitando la protección del derecho fundamental de reunión.
La sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del alto Tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Mariano Baena de Alcázar, coincide con el informe dictado al efecto por el Ministerio Fiscal, que establece que este asunto no se refiere a derechos fundamentales, sino que se trata de una cuestión de legalidad ordinaria relativa a si la actividad de la plataforma hubiera podido provocar alguna desorientación de los electores. Por ello, desestima el recurso interpuesto por el colectivo cordobés.
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