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Un informe jurídico del PP de Cataluña admite que el Estatuto puede incluir líneas básicas del modelo de financiación
Abogan por mencionar en el texto las relaciones de cooperación de la Generalitat con el Estado y otras autonomías para evitar "recelos"
MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
El PP de Cataluña ha encargado un informe sobre la primera lectura del borrador de Estatuto a un equipo de juristas catalanes. En ese documento, recogido por Europa Press, se admite que no existe ningún impedimento para que el nuevo texto estatutario recoja las líneas básicas del modelo de financiación al que se someta la comunidad autónoma.
"Dado que la autonomía de la Comunidad Autónoma tiene una dimensión financiera innegable, nada impide que en el Estatuto puedan contemplarse unas líneas básicas en esta materia", dice literalmente el citado informe.
En el mismo, se recuerda que el artículo 156.2 de la Constitución española señala que las autonomías pueden actuar como "delegadas o colaboradoras del Estado para la recaudación, gestión y liquidación de los recursos tributarios de aquel de acuerdo con las leyes y Estatutos" y que existe la LOFCA para regular las competencias financieras y las posibles formas de colaboración en este área entre el Estado y las comunidades.
"Así pues, en lo que a la autonomía de ingresos y gastos se refiere, se hace imprescindible acudir a la norma estatal citada (LOFCA) --se determina--. Es la legislación estatal la que ha abierto la participación legislativa y ejecutiva de las comunidades en la determinación de aspectos esenciales de varios impuestos. Además, las comunidades autónomas participan en el Consejo de Política Fiscal y Financiera".
Dicho todo esto, el equipo de juristas agrega que, "no obstante", la dimensión financiera "innegable" de la comunidad autónoma hace que sea posible la contemplación de líneas básicas en esta materia en el nuevo Estatuto de Cataluña.
RELACIONES DE COORIDNACIÓN....COPERACIÓN....
En lo que a la colaboración entre Estado y comunidades autónomas se refiere, en el informe jurídico que maneja el PP catalán se recalca que el principio de cooperación es inherente o consustancial al Estado compuesto y a la forma de organización territorial que implanta la Constitución, "de modo que no es necesaria su formulación expresa para que tenga lugar".
"De hecho, en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía sólo existe una regulación testimonial de este tipo de relaciones. No obstante, resultaría interesante explicitar en las normas del bloque de constitucionalidad el principio general de colaboración --se argumenta-- para enmarcarlo, al mismo tiempo, en los principios de lealtad constitucional, de solidaridad y de respeto de las entidades implicadas cuyas competencias son, en todo caso, irrenunciables".
A juicio de los juristas consultados por Piqué, es "muy importante" que cualquier reforma de los mecanismos de cooperación alcance un elevado grado de consenso para que no resulten inoperantes. Así, sacan a colación lo sucedido con el anteproyecto de Ley de Cooperación Autonómica, elaborado en la anterior legislatura, "que suscitó numerosas críticas y no llegó al Congreso".
"Si se trata únicamente de reformar un Estatuto de Autonomía, debe tenerse en cuenta que éste no pueda afectar a la titularidad de las competencias atribuidas desde la Constitución, aunque sí que puede condicionar su ejercicio. En este sentido, se puede incorporar al Estatuto una mención a las relaciones de colaboración en general, además de referencias más concretas sobre colaboración y cooperación entre Estado/Generalitat, así como sobre la colaboración de ésta última con otras comunidades: aspecto este último en el que el Estatuto tendría un mayor margen de actuación", se resalta.
El informe precisa, al tiempo, que la mención de esta cuestión en el nuevo Estatuto de Cataluña tendría "la ventaja" de eliminar "recelos" de la Generalitat, "que a menudo ve en las relaciones de colaboración una forma de erosionar sus competencias". "Se la incentiva así a adoptar una actuación positiva en este tema, que es fundamental, ya que no hay que olvidar que la cooperación es esencialmente voluntaria", se puntualiza.
En este contexto, se advierte que poner en marcha mecanismos de cooperación al margen de la Constitución y los Estatutos de Autonomía presenta "un mayor riesgo" de levantar recelos. "Por otra parte, las fórmulas de cooperación que establezca el Estatuto, no obstante de tener carácter bilateral, podrían hacerse también extensivas a otros Estatutos de Autonomía y convertirse en fórmulas multilaterales", se sostiene.
Se avisa también de que ni la Carta Magna ni el Estatuto "pueden o deben" contemplar todos los mecanismos de colaboración que se han ido utilizando a lo largo de los años, sino "aquellos que se han mostrado más útiles". "Por lo demás, correspondería a la normativa sectorial regular el contenido y los efectos de todos estos instrumentos de cooperación".
"Está claro que debe pervivir la colaboración bilateral para solucionar problemas singulares, pero debe generalizarse también la multilateralidad para conseguir un conjunto más gobernable y de actuación más eficaz, resultando acciones conjuntas --se aduce--. No existe ninguna previsión constitucional respecto a este tipo de relaciones pero sería interesante formalizar un marco estable e institucionalizado de la colaboración bajo el principio básico de lealtad constitucional".
Entre otras propuestas, los juristas que han elaborado el informe solicitado por el PP catalán plantean que la técnica de "programación conjunta" entre comunidades y Estado podría resultar "muy interesante y eficaz", pese a ser poco utilizada. "Por esa razón, sería conveniente mencionarla en el Estatuto, indicando los mecanismos a partir de los cuales se podría hacer operativa", concluyen.
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