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CiU pide que las CC.AA. puedan interponer conflictos con el Gobierno ante el TC por 'inactividad' en los traspasos
MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
El pleno del Senado debatirá mañana la toma en consideración de una proposición de Ley del Grupo Parlamentario de CiU en la que pide una modificación parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) que dé legitimación activa a las comunidades autónomas para poder plantear conflictos negativos de competencias frente al Estado cuando éste impida, con su "inactividad" o carencia de traspasos, que las autonomías puedan ejercer sus propias competencias.
En la exposición de motivos de la propuesta, a la que tuvo acceso Europa Press, CiU explica que la regulación normativa de los conflictos de competencias se realiza mediante dos procedimientos: de carácter positivo, cuando una norma invade el ámbito de competencias de la otra administración, y de carácter negativo, en caso contrario.
No obstante, recuerda que la LOTC establece que el conflicto positivo lo pueden plantear tanto el Estado como las comunidades autónomas, pero no así la otra posibilidad, donde se reconoce una "concreta legitimación activa" a favor del Gobierno, sin que exista para las comunidades posibilidad de plantear este tipo de conflicto constitucional frente al Estado cuando "éste impide, por su inactividad, que las CC.AA. puedan ejercer sus propias competencias".
CiU considera que esta carencia es especialmente relevante cuando el Estado no procede a realizar las transferencias de servicios cuya competencia corresponde a las autonomías, denunciando además que la falta de acuerdos de transferencia ha producido en la actualidad un "verdadero impedimento u obstaculización" por parte del Estado del ejercicio de competencias autonómicas recogidas en la Constitución.
Por ello, y para que el TC pueda "resolver las situaciones de bloqueo competencial que provoca la omisión de las transferencias debidas", el Grupo Catalán ve necesaria una modificación parcial de la LOTC.
Así, CiU quiere dar "legitimación activa" a las comunidades autónomas delante del Estado en el procedimiento de conflicto negativo de competencias, también para hacer efectivas las sentencias dictadas por el Constitucional en estos procedimientos.
La fórmula que propone es la modificación de los artículos 71 y 72 de la LOTC, de forma que incluyan que los órganos ejecutivos superiores de las CC.AA. podrán plantear el conflicto frente al Gobierno cuando éste no ejercite las atribuciones propias de sus competencias por declararse incompetente o por impedir u obstaculizar con su inactividad el ejercicio por las CC.AA. de las competencias asumidas en sus propios estatutos o en leyes orgánicas de transferencia o delegación.
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