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Economía/Motor.- El plazo otorgado por Bruselas a Alemania para que modifique la 'ley Volkswagen' expira en una semana



BRUSELAS, 6 (EUROPA PRESS)

El plazo concedido por la Comisión Europea al Gobierno alemán para que presente una propuesta legislativa que modifique determinadas disposiciones de la denominada 'ley Volkswagen' expira el próximo martes, 13 de julio, sin que haya habido una respuesta concreta de Berlín, según informaron fuentes comunitarias a Europa Press.

El Ejecutivo comunitario concedió a mediados de mayo un plazo suplementario de dos meses a Alemania para que el Gobierno de Gerhard Schroeder pudiera continuar las negociaciones con el 'lander' afectado en este expediente -el de Baja Sajonia--.

En el caso de que la propuesta alemana no llegue o no satisfaga los objetivos de Bruselas, la CE llevará a Alemania ante el Tribunal de Justicia de la UE (TUE) por este caso. Esta hipótesis de la denuncia contra Alemania se podría producir el 20 de julio -en la última reunión de la CE antes de las vacaciones de verano--, o a principios de septiembre cuando el Ejecutivo comunitario retome los trabajos.

La CE decidió el 30 de marzo enviar un dictamen motivado a Alemania --último paso ante de la denuncia formal ante el TUE-para que Berlín modificase la 'ley Volkswagen'. El procedimiento de infracción se inició en marzo de 2003 con la apertura de una investigación en profundidad.

La respuesta de las autoridades alemanas no cambió la opinión de Bruselas de que determinadas disposiciones de dicha ley disuaden a la inversión procedente de otros Estados miembros, contraviniendo así las normas del Tratado CE sobre la libre circulación de capitales y el derecho de establecimiento.

La 'ley Volkswagen' incluye una cláusula en los estatutos de la citada compañía por la que ningún accionista puede superar el 20 por ciento de los derechos de voto, independientemente de cuál sea su participación.

Este régimen que Bruselas investiga representa un mecanismo de protección del grupo alemán ante eventuales ofertas públicas de acciones (OPAs) de carácter hostil, por lo que Bruselas considera que esta ley vulneraba la libre circulación de capitales.

La Comisión teme que las disposiciones de la ley disuadan a los inversores de otros Estados miembros de comprar acciones de Volkswagen AG o hacer inversiones de capitales en esta sociedad. Ello supone, a su juicio, un obstáculo a la libre circulación de capitales y a la libertad de establecimiento dentro de la UE.

DETALLES DE LA NORMA.

Las normas generales del derecho de sociedades alemán aplicables a las empresas que cotizan en Bolsa, estipulan que ningún accionista de VW pueda tener más del 20 por ciento de los derechos de voto de la empresa, por mucho que su participación supere dicho porcentaje.

Además, se necesita una mayoría de más del 80 por ciento de los votos de los accionistas para adoptar decisiones importantes para la empresa. Ambas restricciones tienen su origen en un acuerdo de 1959 entre el Gobierno federal y el estado de Baja Sajonia que reserva sendas participaciones del 20 por ciento de las acciones de VW a estas dos autoridades públicas y que predeterminó el contenido de la ley.

Si bien el Gobierno federal vendió su participación en la empresa, Bruselas mantiene que la combinación de la minoría de bloqueo del 20 por ciento y el límite del 20 por ciento de los derechos de voto, confiere un "derecho especial de veto" sobre las decisiones estratégicas al principal accionista de la empresa -el estado federado de Baja Sajonia--.

La citada ley también dispone que, mientras sean accionistas de la empresa, el Gobierno federal y el de Baja Sajonia tendrán dos representantes cada uno en el Consejo de supervisión. Éste está integrado por 20 personas, de las que sólo la mitad representan a los accionistas ya que la otra mitad representa a los trabajadores de Volkswagen.

Por lo tanto, las autoridades públicas pueden designar directamente a 4 de los 10 miembros que representan a los accionistas. Después de que Berlín se haya desprendido de todas sus acciones, Baja Sajonia es 'de facto' la única parte con derecho a designar dos miembros del Consejo de supervisión, órgano que influye en las decisiones estratégicas de la empresa, como el establecimiento y localización de instalaciones de producción y otras inversiones.



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