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UE.- El Tribunal de la UE rechaza la petición de España de suspender la entrada en vigor de la reforma del algodón



La Junta de Andalucía advirtió en julio de 2004 que su aplicación supondría el desmantelamiento del sector en España

LUXEMBURGO, 19 (EUROPA PRESS)

El presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Bo Vesterdorf, rechazó hoy la petición de España de suspender de forma cautelar la entrada en vigor de las medidas adoptadas por el Consejo en julio de 2004 en torno a la reforma del sector del algodón en la UE.

El objetivo del Gobierno español era que las citadas medidas se aplazasen hasta la conclusión del proceso judicial y la publicación de la correspondiente sentencia, un hecho que no se producirá, en principio, hasta finales de 2006 o principios de 2007.

La máxima instancia judicial de la UE puede conceder medidas provisionales que estén destinadas a evitar un perjuicio "grave e irreparable que sea inminente o que, de no serlo, se produciría con certeza si no se adoptasen las medidas solicitadas", recordó en un comunicado.

Si no concurre tal circunstancia, el requisito de urgencia no puede considerarse satisfecho. A juicio de Vesterdorf, España no probó en este caso que las medidas provisionales que solicita "sean necesarias para la plena eficacia de la futura resolución definitiva que se dicte sobre el recurso principal".

Al invocar los perjuicios que supuestamente producirá la aplicación del nuevo régimen de ayuda al algodón, la argumentación de España hacía referencia al período de casi dos años que se prolonga desde la presentación del recurso en julio del pasado año.

En concreto, las autoridades españolas alegaron que, según la práctica habitual en este sector económico, los agricultores deben planificar ahora sus siembras de algodón para la campaña 2006/07 y advirtieron de que las medidas de preparación y de adaptación al nuevo régimen de ayuda al algodón que los agricultores deben por tanto adoptar, provocarán una considerable caída de la producción de algodón.

Ello conllevaría, según el Gobierno español, la consecuencia "necesaria e inevitable" de numerosas pérdidas de puestos de trabajo en las regiones productoras, principalmente por lo que respecta a la mano de obra necesaria para la recolección y a la industria desmotadora española.

"Ciertamente, es indudable que, al igual que los demás agricultores, los productores de algodón adoptan medidas a fin de prepararse con mayor o menor antelación para las futuras campañas de plantación y de comercialización. Sin embargo, en la realidad de la vida económica, generalmente dichas medidas pueden modificarse o adaptarse según la evolución de las condiciones del mercado de que se trate, y no presentan por tanto necesariamente un carácter irreversible", respondió el presidente del Tribunal de Luxemburgo.

Además, admitió que la Comisión Europea puso de relieve en las alegaciones que los gastos de recolección son "sustancialmente inferiores" al precio de venta del algodón, por lo que los productores tendrían en todo caso interés en recoger y vender el algodón cultivado.

"Dadas estas circunstancias, y habida cuenta de que en un procedimiento de medidas provisionales resulta imposible proceder a un examen exhaustivo de una situación de hecho compleja, como la que aquí se plantea, en un momento aún muy anterior a la fecha en que podrá comenzar a aplicarse el nuevo régimen de ayuda al algodón, no ha quedado de manifiesto con suficiente certeza que el perjuicio alegado vaya a producirse", concluyó.

ANDALUCIA, LA MAS AFECTADA

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) solicitó la nulidad de la reforma en base a lo estipulado por el Tratado de Adhesión de España y Grecia a la UE, que recoge el derecho a que los productores algodoneros reciban ayudas a la producción en regiones donde haya una dependencia económica de este cultivo, caso de las zonas productoras en el Estado español.

El recurso también se basó en la falta de motivación suficiente de la reforma ante la presunta desviación de poder por parte del Consejo, ya que España consideró que no puede modificar un Tratado de Adhesión al vulnerarse los principios de proporcionalidad y confianza legítima del derecho comunitario.

Dicho recurso estuvo acompañado de dos informes, en los que se argumentó la posición contraria a la reforma comunitaria del algodón: uno de ellos de la Universidad de Córdoba y otro elaborado conjuntamente por la Junta de Andalucía y el MAPA.

La Junta de Andalucía había pedido al MAPA, junto a las organizaciones agrarias, que presentara un recurso contra dicha reforma del sistema de ayudas solicitando su suspensión cautelar, puesto que su aplicación supondrá el desmantelamiento del sector en dicha Comunidad Autónoma.

El 95% de la producción nacional corresponde a Andalucía y más de 10.000 familias viven de un sector que mueve un volumen económico de 900 millones euros al año. Las organizaciones agrarias señalaron en julio de 2004 que con la aplicación de este reglamento se perderán más de un millón de jornales y dos mil empleos de la industria desmotadora. Además, 139 pueblos que viven directamente de este cultivo quedarían desmantelados sin alternativa alguna de cultivo.

La reforma del algodón, junto con las del aceite y el tabaco, fue aprobada por la UE el 22 de abril y establecía una ayuda inferior a la que finalmente se ha aprobado para la parte correspondiente al 35% de los apoyos al algodón (852 euros por hectárea) pero para una superficie superior, 85.000 hectáreas. El 26 de abril, se consiguió elevar ese apoyo a 1.039 euros/hectárea, para menos superficie, 70.000 hectáreas.

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