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Crónica Gibraltar.- La CE, 'optimista' con que Londres elimine ahora el beneficio fiscal para las sociedades exentas
Bruselas se basa en un precedente judicial para justificar el plazo otorgado hasta 2010 para poner fin a esta ventaja fiscal
BRUSELAS, 21 (EUROPA PRESS)
La Comisión Europea se mostró hoy "optimista" respecto a que el Gobierno británico se comprometa ahora a acabar con el beneficio fiscal de las sociedades exentas en Gibraltar, según explicó el portavoz de Competencia del Ejecutivo comunitario, Jonathan Todd, en rueda de prensa.
"Es la primera vez que tenemos la perspectiva de un acuerdo", dijo respecto a este caso después de "muchos años" de negociación entre Bruselas y Londres. "Somos optimistas porque hemos tenido contactos con las autoridades británicas y tenemos todos los datos para pensar que nos van a notificar formalmente, en el período de cuatro semanas, que van a comprometerse a aplicar esta recomendación y eliminar esta medida", añadió.
Todd hizo hincapié en que el marco de discusión fue "únicamente" mediante contactos entre la CE y el Reino Unido, "que es signatario del Tratado y que tiene la responsabilidad sobre la buena aplicación del derecho comunitario en el territorio de Gibraltar".
En este sentido, recordó que existen ciertos ámbitos del derecho comunitario que no se aplican en la colonia británica, pero puntualizó a continuación que sí se aplica éste en lo relativo a los casos de ayudas de Estado.
El portavoz de la comisaria Neelie Kroes señaló que el Ejecutivo comunitario había aceptado un plazo hasta 2010 para la eliminación de estos beneficios fiscales ya que existe un precedente judicial con un caso belga, en el que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acordó una eliminación progresiva de las ventajas "al ser un mecanismo de competencia desleal".
El propio Todd informó ayer a Europa Press de que la CE había remitido el pasado miércoles una carta al Gobierno británico en la que le exigió que dé su compromiso en el plazo de cuatro semanas para eliminar el régimen fiscal de empresas 'off-shores' en Gibraltar.
Bruselas indicó en la "recomendación" cursada a Londres que este tipo de exenciones deben estar eliminadas a más tardar en 2010 en el Peñón. En el caso de que el Gobierno británico no dé una respuesta favorable, la Comisión advirtió de que procederá a la apertura de un procedimiento de infracción contra Reino Unido al considerar que existe una ayuda de Estado encubierta a favor de las empresas beneficiadas.
TRES CASOS EN EL PEÑÓN
Los Estados miembros establecieron en 1999 un código de conducta para las empresas con el fin de evitar la competencia desleal en el seno de la UE. En el informe del denominado 'Grupo Primarolo', los entonces Quince identificaron 66 casos en los que eran necesarios cambios de legislación y decidieron su desmantelamiento progresivo con fecha límite de 2005.
Un total de 40 se localizaron en los Estados miembros, tres en Gibraltar y los restantes 23 en territorios de ultramar o dependientes de los Quince. El citado caso régimen fiscal para sociedades 'off-shore' es el último de los tres que queda por eliminar en el Peñón.
Bruselas publicó hoy un comunicado en el precisó la situación de este caso, con el que se propone "poner fin definitivamente al último régimen extraterritorial en Gibraltar". Las sociedades constituidas en Gibraltar y acogidas al citado régimen de exención están sujetas a un impuesto fijo anual que oscila entre las 225 y 300 libras esterlinas (de 350 a 500 euros, aproximadamente).
Además, están exentas de cualquier otro impuesto en Gibraltar y una sociedad 'off-shore' no puede llevar a cabo ninguna actividad comercial o empresarial en Gibraltar. Por ello, los gibraltareños y los residentes en Gibraltar no pueden tener una participación en las acciones de una sociedad de este tipo.
"El régimen de las sociedades exentas cumple los cuatro criterios vigentes para ser ayuda estatal", precisó Bruselas, a diferencia de las sociedades sujetas al régimen general de fiscalidad de las empresas en Gibraltar, que pagan un tipo estándar de impuesto sobre beneficios del 35 por ciento.
"De tal modo que las sociedades que se benefician del régimen de exención disfrutan de una ventaja evidente. Esta ventaja es claramente selectiva, se financia mediante recursos estatales y puede falsear la competencia. El régimen no cumple ninguno de los criterios establecidos en el Tratado CE para poder autorizar una ayuda estatal", sentenció la institución europea.
En noviembre de 2002, la Comisión propuso en primer lugar que el Reino Unido promulgara unas medidas apropiadas para derogar el sistema, pero Londres rechazó en febrero de 2003 estas medidas. Bruselas indicó que el número de beneficiarios de este sistema investigado se limitará a 8.464, en base al número de beneficiarios existentes en la fecha del 31 de diciembre de 2003.
DETALLES DE LA RECOMENDACIÓN
El Ejecutivo comunitario aceptó que se permita que los beneficiarios existentes en la fecha de la aceptación de las medidas apropiadas tengan sus beneficios 'protegidos' hasta finales de 2010. Sin embargo, si la propiedad u actividad de estos beneficiarios cambia antes del 30 de junio de 2006, sus beneficios solamente estarían protegidos hasta el 31 de diciembre de 2007.
En el caso de que se produzca un cambio de la propiedad u actividad después del 30 de junio de 2006, los beneficios "cesarían inmediatamente", hizo hincapié. El número de sociedades que se podrán acoger por vez primera al régimen se limitará a un 60% de las sociedades que dejen el régimen en 2005 (hasta un máximo de 823) y a un 50% en la primera mitad de 2006 (hasta un máximo equivalente al número de sociedades acogidas por primera vez en 2005).
"Con posterioridad al 30 de junio que 2006 ninguna sociedad podrá acogerse por vez primera al régimen de exención. Los beneficios de las que lo hayan hecho estarán protegidos hasta el 31 de diciembre de 2007", añadió Bruselas en su comunicado.
En comparación con la recomendación que la CE envió a Londres en noviembre de 2002, la nueva medida establece unos límites estrictos para las sociedades beneficiarias existentes que cambien de propiedad o que se dediquen a nuevas actividades.
"Es la primera vez que la Comisión fija límites de esta índole en un caso de ayuda estatal. Las sociedades podrán acogerse al régimen por primera vez solamente durante un período corto (menos de 18 meses) y en número muy limitado", señaló Bruselas.
Por otra parte, sus beneficios estarán limitados hasta diciembre de 2007, en vez de diciembre de 2010 que es el plazo aplicable a los beneficiarios existentes. "La aplicación de estas medidas apropiadas limitará el falseamiento de la competencia a su nivel actual y lo reducirá progresivamente al recortar el número de beneficiarios del sistema y delimitar el alcance de sus actividades", concluyó.
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