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Noticias del mundo - Europa |
Referéndum UE- La Constitución clarificará el reparto del poder y permitirá la toma de decisiones a más de 25
Incluye derechos individuales para asentar las conquistas del Estado del bienestar, ausentes en las Constituciones más antiguas de Europa
BRUSELAS, 10 (De la corresponsal de EUROPA PRESS, Carolina Pérez)
Las novedades que ofrece la futura Constitución europea respecto a los tratados ya existentes no son muchas, pero algunas de ellas clarificarán el reparto de poderes entre los Estados miembros y la Unión Europea y otras permitirán tomar decisiones de forma más sencilla en un club de Estados de 25, 27 o más miembros.
La primera diferencia respecto a los Tratados de la Unión adoptados hasta la fecha, es el método por el que se redactó el grueso de la Constitución: Una Convención en la que estuvieron representados 28 Parlamentos nacionales, el Parlamento Europeo, 28 gobiernos, 2 comisarios, el Consejo Económico y Social y el Comité de las Regiones.
Las sesiones plenarias estuvieron abiertas a la prensa y estaban disponibles en Internet, garantizando así la máxima participación posible dela opinión pública europea. La Conferencia Intergubernamental, formada por los gobiernos, fue la que dio el aprobado final, no sin antes reducir el nivel de ambición.
La incorporación de una lista de derechos fundamentales de los ciudadanos destaca por su innovación dentro de un Tratado internacional. Destacan los denominados derechos de tercera generación, que intenta asentar las conquistas del Estado del bienestar, en parte de carácter económico, como el derecho al trabajo, a la sindicación, la huelga y la protección por despido. Aunque no es el caso español, algunas de las constituciones más antiguas de los países europeos no los incluyen.
Por otra parte, el nuevo texto supone una simplificación importante de los Tratados, los cuales se basan en el de Maastricht en 1992, que han sido reformados en sucesivas ocasiones desde entonces. En este afán de sencillez, la Constitución termina con la distinción entre Unión Europea y Comunidad Europea, lo que en la práctica, se traduce en que no sólo los asuntos económicos son competencia de las instituciones comunitarias, si no también que a partir de ahora lo serán la política de Justicia e Interior.
Dentro del organigrama europeo, destaca la creación de un "presidente de la UE", que en realidad será el presidente del Consejo Europeo, que reúne a los jefes de Estado o de Gobierno. La presidencia de esta institución pasa de ser semestral y rotatoria a ser elegida por sus pares por un periodo de dos años y medio, renovables una sola vez. El presidente será investido por mayoría cualificada y le corresponde la representación de la Unión en el exterior.
En esta tarea estará acompañado por el ministro europeo de Asuntos Exteriores, que se regirá por el sistema intergubernamental, no comunitario y por tanto alejado del procedimiento legislativo del que la Comisión es matriz. La Constitución dice que la política exterior es una competencia compartida entre la UE y los Estados miembros y considera que los países deben apoyarla "activamente y sin reservas", por lo que "se abstendrán detoda acción contraria a los intereses de la Unión". El cargo de ministro sustituye al conocido hasta ahora como Mister PESC, ocupado en la actualidad por Javier Solana), al que también se le encarga coordinar la política defensa.
Por otra parte, a partir de 2014, habrá menos comisarios que países para facilitar el funcionamiento del Ejecutivo comunitario. Antes de la ampliación a 25, los países grandes como Francia, Alemania, Reino Unido, Italia y España tenían dos miembros, mientras el resto solamente disponían de uno. Y aunque los comisarios no representan en principio a su país de origen, y las decisiones se toman de forma colegiada en la Comisión, los gobiernos entraron en un duro forcejeo para mantener un comisario por país.
Resultado de ello, en la presente legislatura, presidida por el portugués José Manuel Durão Barroso, hay un comisario por país (25), pero a partir de 2014, el número de integrantes del Ejecutivo será igual a dos tercios del número de Estados miembros. De este modo, si para entonces hubiera 28 países (los 25 de ahora más Bulgaria, Rumanía, Croacia y Turquía), habría 19comisarios.
La Constitución Europea eleva, asimismo, el número de escaños previsto en el Tratado de Niza: de un máximo de 736 diputados se pasa a 750. Ello le obliga a un nuevo reparto que recorta presencia de los países grandes. Alemania, por ejemplo, pasa de 99 diputados a 96 y compensa a los países que pierden peso en otras instituciones, como por ejemplo, España.
La Eurocámara también aumenta su poder hasta el punto de que comparte el poder legislativo con el Consejo. La aprobación de una norma requerirá normalmente el voto afirmativo del Parlamento Europeo y el Consejo.
La toma de decisiones en el Consejo de ministros también se modifica. La regla general es que las decisiones en el seno del Consejo de Ministros se tomarán por mayoría cualificada y no por unanimidad, salvo en casos excepcionales muy tasados: política exterior, defensa y fiscalidad. Cambian de estatus el asilo, la inmigración, colaboración judicial y policial, la libre circulación de trabajadores y las cuestiones de política exterior planteadas por el ministro europeo de Asuntos Exteriores.
Para contabilizar los votos, hasta ahora existía un sistema deponderación corregido y a cada país le corresponde un número determinado de votos. Para que una decisión saliera adelante, no sólo era necesario sumar más a favor que en contra, sino que diez países se manifestaran en ese sentido.
Con la Constitución, las decisiones saldrán adelante si reúnen el 55% de los Estados que representen al menos al 65% de los ciudadanos europeos.
Cuatro países podrían ejercer un bloqueo. En algunos temas, como interior, política exterior o política monetaria, será precisa una mayoría "supercualificada": 72% de los Estados y 65% de la población.
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