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Gibraltar.- Londres eliminará las ventajas fiscales de las sociedades exentas en Gibraltar de aquí a 2010



BRUSELAS, 18 (EUROPA PRESS)

El Gobierno británico comunicó hoy formalmente a la Comisión Europea que acepta todas sus recomendaciones para eliminar las ventajas fiscales de las sociedades exentas de Gibraltar de aquí a 2010, según informó un portavoz de la Representación Permanente del Reino Unido ante la UE a Europa Press.

Bruselas dio el pasado 19 de enero cuatro semanas para que Londres se comprometiera a acabar con estos beneficios de los que disfrutan las sociedades 'off-shore' en el Peñón. "El Gobierno británico ha aceptado formalmente las medidas apropiadas que propuso la Comisión Europea", indicó el citado portavoz sin dar más detalles sobre el contenido de la carta.

El Ejecutivo comunitario ya indicó entonces que su objetivo era "poner fin definitivamente al último régimen extraterritorial en Gibraltar". Las sociedades constituidas en Gibraltar y acogidas al citado régimen de exención están sujetas a un impuesto fijo anual que oscila entre las 225 y 300 libras esterlinas (de 350 a 500 euros, aproximadamente).

Además, están exentas de cualquier otro impuesto en Gibraltar y una sociedad 'off-shore' no puede llevar a cabo ninguna actividad comercial o empresarial en Gibraltar. Por ello, los gibraltareños y los residentes en Gibraltar no pueden tener una participación en las acciones de una sociedad de este tipo.

Bruselas precisó en las últimas semanas que el régimen de las sociedades exentas en Gibraltar cumplía los cuatro criterios vigentes para ser considerada como una ayuda estatal, a diferencia de las sociedades sujetas al régimen general de fiscalidad de las empresas en Gibraltar, que pagan un tipo estándar de impuesto sobre beneficios del 35 por ciento.

"De tal modo que las sociedades que se benefician del régimen de exención disfrutan de una ventaja evidente. Esta ventaja es claramente selectiva, se financia mediante recursos estatales y puede falsear la competencia. El régimen no cumple ninguno de los criterios establecidos en el Tratado CE para poder autorizar una ayuda estatal", sentenció la institución europea en enero.

En noviembre de 2002, la Comisión propuso en primer lugar que el Reino Unido promulgara unas medidas apropiadas para derogar el sistema, pero Londres rechazó en febrero de 2003 estas medidas. El número de beneficiarios de este sistema investigado se limitará a 8.464, en base al número que había el 31 de diciembre de 2003.

DETALLES DEL ACUERDO

El Ejecutivo comunitario aceptó en la negociación con Londres que se permita que los beneficiarios existentes en la fecha de la aceptación de las medidas apropiadas tengan sus beneficios 'protegidos' hasta finales de 2010. Sin embargo, si la propiedad u actividad de estos beneficiarios cambia antes del 30 de junio de 2006, sus beneficios solamente estarían protegidos hasta el 31 de diciembre de 2007.

En el caso de que se produzca un cambio de la propiedad u actividad después del 30 de junio de 2006, los beneficios cesarían inmediatamente. El número de sociedades que se podrán acoger por vez primera al régimen se limitará a un 60% de las sociedades que dejen el régimen en 2005 (hasta un máximo de 823) y a un 50% en la primera mitad de 2006 (hasta un máximo equivalente al número de sociedades acogidas por primera vez en 2005).

Con posterioridad al 30 de junio de 2006 ninguna sociedad podrá acogerse por vez primera al régimen de exención y los beneficios de las que lo hayan hecho estarán protegidos hasta el 31 de diciembre de 2007.

En comparación con la recomendación que la CE envió a Londres en noviembre de 2002, la nueva medida establece unos límites estrictos para las sociedades 'off-shore' existentes que cambien de propiedad o que se dediquen a nuevas actividades.

Bruselas recordó que esta era la primera vez que la Comisión fijaba límites de esta índole en un caso de ayuda estatal. Las sociedades podrán acogerse al régimen por primera vez solamente durante un período corto (menos de 18 meses) y en número "muy limitado".

Por otra parte, sus beneficios estarán limitados hasta diciembre de 2007, en vez de diciembre de 2010 que es el plazo aplicable a los beneficiarios existentes. "La aplicación de estas medidas apropiadas limitará el falseamiento de la competencia a su nivel actual y lo reducirá progresivamente al recortar el número de beneficiarios del sistema y delimitar el alcance de sus actividades", concluyó la CE.

PLAZO HASTA 2010

El Ejecutivo comunitario aceptó el citado plazo de 2010 para la eliminación de estos beneficios fiscales ya que existe un precedente judicial con un caso belga, en el que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acordó una eliminación progresiva de las ventajas al ser un mecanismo de competencia desleal.

Los entonces Quince establecieron en 1999 un código de conducta para las empresas con el fin de evitar la competencia desleal en el seno de la UE. En el informe del denominado 'Grupo Primarolo', los Estados miembros identificaron 66 casos en los que eran necesarios cambios de legislación y decidieron su desmantelamiento progresivo con fecha límite de 2005.

Un total de 40 se localizaron en los Estados miembros, tres en Gibraltar y los restantes 23 en territorios de ultramar o dependientes de los Quince. El citado régimen fiscal para sociedades 'off-shore' es el último de los tres que quedaba por eliminar en el Peñón.

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