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Gibraltar.- La CE acoge satisfecha el paso de Londres para eliminar los beneficios de las sociedades exentas del Peñón



BRUSELAS, 18 (EUROPA PRESS)

La Comisión Europea (CE) acogió con satisfacción la notificación del Gobierno británico de que ha aceptado formalmente la recomendación de Bruselas de suprimir antes de que finalice 2010 el régimen de las sociedades exentas de impuestos vigente en Gibraltar.

La aceptación británica hace que la supresión del régimen sea jurídicamente vinculante para el Reino Unido y pone fin al "último régimen extraterritorial" de Gibraltar. La CE indicó en un comunicado que había llegado a la conclusión de que el régimen infringía la prohibición del Tratado de la UE de conceder ayudas estatales que puedan falsear la competencia.

La comisaria de Competencia, Neelie Kroes, manifestó que "la supresión del régimen de las sociedades exentas vigente en Gibraltar es otro paso importante hacia la eliminación de las prácticas fiscales perjudiciales que infringen las normas del Tratado CE sobre ayudas estatales".

Bruselas recordó que la aceptación del Reino Unido significa que el número de beneficiarios del régimen queda limitado a 8.464, es decir, el número que existía a fecha de 31 de diciembre de 2003 y que los beneficiarios existentes el 18 de febrero tengan sus beneficios 'protegidos' hasta el 31 de diciembre de 2010.

Sin embargo, si la propiedad o actividad de estos beneficiarios cambiara antes del 30 de junio de 2006, sus beneficios solamente estarían protegidos hasta el 31 de diciembre de 2007. En el caso de que se produzca un cambio de la propiedad o actividad después del 30 de junio de 2006, los beneficios cesarían inmediatamente.

El número de sociedades que se podrán acoger por vez primera al régimen se limitará a un 60% de las sociedades que dejen el régimen en 2005 (hasta un máximo de 823) y a un 50% en la primera mitad de 2006 (hasta un máximo equivalente al número de sociedades acogidas por primera vez en 2005).

Con posterioridad al 30 de junio que 2006 ninguna sociedad podrá acogerse por vez primera al régimen de exención. Los beneficios de las que lo hayan hecho estarán protegidos hasta el 31 de diciembre de 2007, concluyó Bruselas.

"Es la primera vez que la Comisión impone unos límites tan estrictos a las sociedades beneficiarias existentes que cambien de propiedad o se dediquen a nuevas actividades. Las sociedades podrán acogerse al régimen por primera vez solamente durante un período corto (menos de 18 meses) y en número muy limitado", hizo hincapié.

Por otra parte, sus beneficios estarán limitados hasta diciembre de 2007, en vez de diciembre de 2010 que es el plazo aplicable a los beneficiarios existentes. El hecho de que el Reino Unido aplique estas medidas "limitará inmediatamente el falseamiento de la competencia a su nivel actual y lo reducirá progresivamente al recortar el número de beneficiarios del sistema y delimitar el alcance de sus actividades".

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