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Noticias del mundo - Europa |
UE.- Más de 600 personas fueron detenidas gracias a la euroorden, pero sólo 100 entregadas al país que las reclamó
Italia es el único Estado miembro que sigue sin adaptar a su legislación la orden europea y 9 países no la aplican correctamente BRUSELAS, 23 (EUROPA PRESS)
Un total de 653 personas han sido detenidas en la Unión Europea gracias a la orden europea de detención y entrega, pero sólo 104 han sido entregadas al Estado miembro que las reclamó, a fecha de septiembre de 2004. Desde que la euroorden sustituyó a los complejos procedimientos de extradición el 1 de enero de 2004, se han emitido un total de 2.603, según un informe publicado hoy por la Comisión, que considera que este nuevo mecanismo es un "éxito", pese a que Italia todavía no lo ha adaptado a su legislación nacional y otros 9 países no lo han hecho correctamente.
El vicepresidente de la Comisión, y responsable de Justicia, Libertad y Seguridad, el italiano Franco Frattini, no tiene previsto emprender ninguna acción contra su país de origen, según dijo su portavoz, Friso Roscam. "El comisario espera que Italia transponga la euroorden tan pronto como sea posible", se limitó a decir el portavoz, preguntado por el enorme retraso de Italia.
Precisamente, la Cámara Baja de Italia aprobó ayer la Euroorden, lo que supone un paso adelante hacia la adopción por parte del país de una medida que ya es ley en el resto de países de la UE.
La legislación fue adoptada ayer por la tarde después de que un miembro clave de la coalición conservadora del primer ministro Silvio Berlusconi se abstuviera en vez de votar en contra de la medida. El proyecto de ley deberá ser ahora adoptado por el Senado.
El impacto de la euroorden "aparece como positivo, tanto en términos de despolitización y de eficacia como en la rapidez de procedimiento de entrega de personas reclamadas entre Estados miembros, respetando al mismo tiempo los derechos fundamentales", declaró Frattini a través de un comunicado.
Aparte del caso italiano, el Ejecutivo comunitario reconoce que "persisten algunos problemas" en otros Estados miembros para adaptar correctamente la euroorden en otros países, que son especialmente graves en 9 casos: República Checa, Dinamarca, Estonia, Irlanda, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Eslovenia y Reino Unido.
Tres Estados miembros (República Checa, Luxemburgo y Eslovenia) han limitado unilateralmente la aplicación en el tiempo de la euroorden en contra de lo que preveía la decisión del Consejo de ministros del 13 de junio de 2002 que la aprobó.
También ha incumplido sus obligaciones los Estados miembros que han reducido el campo de aplicación de este mecanismo, ya sea modificando los umbrales de penas mínimas previstos para que se ponga en marcha la euroorden (Países Bajos, Austria, Polonia y Reino Unido), o restableciendo la necesidad de una doble incriminación para algunos delitos (Bélgica, Polonia, Eslovenia, Estonia, Grecia y Francia). Además, Irlanda y Estonia han excluido de la lista de infracciones contempladas los casos de 'tentativa' y 'complicidad'.
La entrega de las personas requeridas entre Estados miembros sigue ahora un procedimiento enteramente judicial, excluyendo cualquier control del poder ejecutivo, tal y como demuestra el hecho de que la mayoría de los países autoriza un contacto directo entre autoridades judiciales. No obstante, la Comisión critica que en algunos casos se otorga a la autoridad central un poder mayor que el que prevé la legislación comunitaria.
También se está aplicando como regla general la entrega de nacionales, una de las innovaciones más importantes de la euroorden, aunque la mayoría de los Estados miembros exigen que sus ciudadanos cumplan luego las penas en su territorio. A pesar de ello, Bruselas "deplora" que algunas autoridades judiciales rechacen la ejecución de órdenes de detención y entrega dirigidas a sus nacionales, invocando su competencia, a pesar de que luego no continúan la investigación. Además, la República Checa y Países Bajos exigen la doble incriminación para entregar a sus nacionales.
El Ejecutivo comunitario critica además que algunos Estados miembros (Dinamarca, Malta, Países Bajos, Portugal y Reino Unido) han incluido causas de rechazo de una petición de entrega que no estaban previstas, como el riesgo de una discriminación política, problemas de seguridad nacional o la necesidad de controlar en profundidad el caso.
REDUCIR LOS PLAZOS
El Ejecutivo comunitario subraya que gracias a la aplicación de la euroorden, la duración media de la ejecución de una petición de entrega ha pasado de más de 9 meses a 45 días. Si se tienen en cuenta los casos "frecuentes" en los que el detenido consiente ser entregado, la duración media del proceso cae a 18 días.
Esto ha sido posible gracias a la creación de un formulario único disponible en todas las lenguas oficiales (aunque Malta y Reino Unido no lo han adoptado), a la existencia de múltiples vías para transmitir la euroorden y a la fijación de plazos procedimentales muy estrictos que no existen en la extradición. No obstante, algunos países han eludido fijar estos plazos en su legislación o han superado los límites previstos (República Checa, Malta, Portugal, Eslovaquia, Reino Unido, Francia, Bélgica).
Esta aceleración de las entregas no ha menoscabado, según Bruselas, el respeto de los derechos de los detenidos, ya que las autoridades judiciales pueden en todo momento denegar la ejecución de una euroorden si constantan que viola los defechos fudamentales. Hasta ahora, este tipo de casos ha sido "excepcional".
Todos los Estados miembros han adaptado a su legislación nacional correctamente todas las disposiciones de la orden de detención y entrega relativas a los derechos de los detenidos, como el derecho a la asistencia de un abogado, o el derecho a deducir de la condena definitiva el tiempo que se ha pasado en prisión con anterioridad. Persisten "imprecisiones de procedimiento" en Dinamarca, Letonia, Polonia y Portugal.
Además, destaca la Comisión, gracias a su rapidez de ejecución, la euroorden contribuye a un mejor respeto del derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Asimismo, su eficacia a la hora de entregar a los nacionales de otros Estados miembros, facilita la decisión de otorgar la libertad provisional al detenido cualquiera que sea su lugar de residencia en la UE.
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