| Menú principal |
|
| Noticias |
|
| Canales |
|
| Servicios |
|
|
Noticias del mundo - Europa |
UE.- Ningún cónyuge que secuestre a su hijo encontrará refugio en la UE a partir de hoy
La normativa europea obliga al reconocimiento de las decisiones judiciales sobre el régimen de visitas a los niños
BRUSELAS, 1 (EUROPA PRESS)
Ningún cónyuge que secuestre a su hijo encontrará refugio en la Unión Europea a partir de hoy gracias a la entrada en vigor, en todo el territorio comunitario salvo en Dinamarca, de un reglamento sobre reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental que refuerza la obligación de ordenar el regreso inmediato del menor secuestrado a su lugar habitual de residencia y fija un plazo máximo de 6 semanas.
El objetivo de este reglamento es garantizar que los menores puedan mantener el contacto con sus padres después de un divorcio o separación, incluso si estos viven en dos Estados miembros diferentes. Asimismo, se pretende acabar con los casos de secuestro de los hijos por parte de alguno de los cónyuges en la Unión Europea.
Para disuadir de estos secuestros, la normativa comunitaria prevé que los tribunales del Estado miembro en el que el niño vivía antes del secuestro sean los competentes para decidir en última instancia el lugar de residencia futuro del niño. "Se trata de evitar que quien secuestra al niño pueda valerse de los tribunales de su país de residencia para no restituir el niño a la madre o al padre", destacó el vicepresidente de la Comisión y responsable de Justicia, Libertad y Seguridad, Franco Frattini.
Cualquier decisión de un tribunal del país de origen que implique el retorno del menor deberá ser directamente reconocida y ejecutada en el otro Estado miembro, sin ningún procedimiento intermedio. Con el objetivo de garantizar la vuelta rápida del niño se fija un plazo máximo de 6 semanas y se da al niño y al cónyuge a quien se le ha arrebatado la posibilidad de ser escuchados.
En caso de que los tribunales del país en el que se haya refugiado el secuestrador dicten una sentencia que contradiga el retorno del niño a su lugar de residencia, deberán transmitir una copia de la decisión al tribunal competente en el Estado miembro de origen, a quien seguirá correspondiendo en todo caso la decisión final. Además, el campo de aplicación de la normativa se ha extendido para garantizar la igualdad de todos los menores, independientemente de que los padres estén casados o no, o de que el menor sea hijo de los dos o no.
El nuevo reglamento no es aplicable, no obstante, a los casos en los que un menor secuestrado sea conducido a un país tercero. Estos casos se seguirán resolviendo con normas internacionales, como la Conferencia de la Haya de derecho internacional privado, que resultan "mucho menos eficaces", explicaron fuentes comunitarias.
Por lo que se refiere al régimen de visitas de los hijos de padres divorciados, la normativa europea establece también que las sentencias de un juez en un Estado miembro sean reconocidas de forma automática en el resto. "Acabamos con la distorsión de aplicar sentencias de países distintos, a veces contradictorias, que provocaban problemas, y se eliminan trámites burocráticos", dijo Frattini.
"Este reglamento reforzará así el derecho fundamental del niño a mantener contactos regulares con sus padres, autorizando la libre circulación entre los Estados miembros de las decisiones judiciales relativas al derecho de visita", subrayó el vicepresidente del Ejecutivo comunitario. El reglamento fue aprobado en noviembre de 2003 y se aplica para todos los procedimientos que se inicien a partir del 1 de marzo de 2005.
Noticias del mundo - Europa
Ver el archivo de noticias de Europa
|
|
|
 |
|
|
|
| Ver tu correo |
| Boletín gratuito |
 |

|