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Noticias del mundo - Europa |
UE.- El procedimiento para un retraso de la adhesión de Rumanía o Bulgaria sólo podrá ser a partir de noviembre
BRUSELAS, 31 (EUROPA PRESS)
El procedimiento interno en la Unión Europea para retrasar eventualmente en un año el ingreso de Rumanía o Bulgaria en las instituciones comunitarias, sólo podrá iniciarse a partir del próximo mes de noviembre, según indicó la portavoz de Ampliación de la Comisión Europea, Krisztina Nagy, en rueda de prensa.
"La invocación de la cláusula de salvaguardia es un asunto que será tratado únicamente tras el informe completo de seguimiento que tendremos en noviembre sobre Rumania y Bulgaria. Es decir, que antes de noviembre esta cuestión está fuera de lugar", precisó la portavoz del comisario Olli Rehn.
Los eurodiputados de la Comisión de Asuntos Exteriores del Parlamento Europeo dieron ayer el primer paso para la firma del Tratado de Adhesión de Rumanía y Bulgaria el próximo 25 de abril, con la aprobación de los respectivos dictámenes conformes para que los Veinticinco estampen sus respectivas firmas en el documento.
El visto bueno de esta comisión europarlamentaria tiene que ser ratificado por el pleno de la Eurocámara el próximo 13 de abril durante la sesión plenaria que se celebrará en la sede de Estrasburgo (Francia). Posteriormente, los ministros de Asuntos Exteriores de la UE y las delegaciones rumana y búlgara firmarán el documento el 25 en Luxemburgo.
El calendario previsto para estos ingresos establece que Rumanía y Bulgaria sean miembros de pleno derecho de la UE el 1 de enero de 2007. Desde el próximo 25 de abril hasta esa fecha se abre el denominado 'proceso de ampliación,' en el que Bucarest y Sofía deberán seguir cumpliendo una serie de objetivos para la plena transposición y aplicación efectiva de las normativas europeas a su legislación nacional.
Los Veinticinco incluyeron en el tramo final de las negociaciones una cláusula de salvaguarda que retrasaría durante un año la adhesión de uno o de los dos países, si los socios europeos estiman que Sofía o Bucarest no han aplicado en su totalidad el acervo comunitario.
Para el caso de Bulgaria, este retraso requeriría la unanimidad de los Veinticinco, mientras que para Rumania se necesitaría únicamente la mayoría cualificada. La UE estableció una lista de once supuestos en los que podría invocar esta cláusula.
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