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UE.- Bruselas cree un 'buen paso' la decisión de Francia y Bélgica de publicar sus 'listas negras' de aerolíneas



El Ejecutivo comunitario espera que la lista consolidada a nivel de la UE pueda publicarse a finales de año

BRUSELAS, 26 (EUROPA PRESS)

El vicepresidente de la Comisión y responsable de Transportes, Jacques Barrot, calificó hoy de "buen paso" la decisión de Francia y Bélgica de publicar 'listas negras' de compañías aéreas que tienen prohibida la entrada en los dos países, al tiempo que reiteró su objetivo de que exista una lista consolidada a nivel de la Unión Europea de aerolíneas poco seguras a finales de año o a principios del que viene.

"Este es un buen paso hacia la lista europea consolidada que la Comisión propuso el 16 de febrero de este año", declaró Barrot a través de un comunicado. El comisario espera trabajar de cerca con el Consejo y con el Parlamento durante los próximos meses para que esta iniciativa se adopte lo antes posible "de forma que se asegure que la información sobre la situación en todos los Estados miembros esté disponible para los ciudadanos y se permita extender una prohibición al conjunto de la UE".

Los Veinticinco ya aprobaron la creación de esta lista negra el pasado 21 de abril y el reglamento tiene que pasar ahora la primera lectura de la Eurocámara. Hasta ahora, sólo Reino Unido había hecho pública su lista negra nacional, que incluye a las compañías aéreas de Guinea Ecuatorial, Liberia, Tayiquistán, Sierra Leona, Congo, Mauritania, Ghana y Swazilandia.

El portavoz de Transportes del Ejecutivo comunitario, Rupert Krietemeyer, recordó que cuando el reglamento entre en vigor "cada Estado miembro tiene que establecer una lista nacional y al final de este proceso, la Comisión consolidará una lista común para toda Europa".

"La idea es introducir transparencia, para que los Estados miembros, las compañías, las agencias de viaje y los ciudadanos sepan qué compañías aéreas han sido consideradas no aptas para aterrizar o volar por los cielos de un país. Con esta información, los operadores económicos pueden aconsejar a los clientes viajar en una aerolínea o no", añadió la portavoz de la Comisión, Amelia Torres.

CRITERIOS COMUNES

Cuando los Veinticinco aprobaron la propuesta el 25 de abril, España, Alemania y Francia presentaron una declaración conjunta, a la que se sumó Bélgica y Hungría, en la que lamentaban que no se haya avanzado más a la hora de establecer criterios comunes en la Unión Europea para prohibir las compañías peligrosas.

Los tres países lamentaron que no fuera posible alcanzar un mayor grado de armonización "que habría permitido dar una información clara y coherente a los pasajeros". Asimismo, pidieron a la Comisión definir los "criterios y procedimientos" para establecer estas líneas negras de forma "homogénea y transparente" en el conjunto de los Estados miembros.

El reglamento obliga a los Veinticinco a informar a la Comisión de las compañías aéreas a las que hayan prohibido el uso de su espacio aéreo o sometido a restricciones de tráfico por motivos de seguridad. El Ejecutivo comunitario se limitará entonces a publicar la lista consolidada de estas aerolíneas.

Además, se deberá informar a los pasajeros, en el momento en el que realicen su reserva, sobre la compañía que operará de hecho el vuelo que han contratado, incluso cuando se trate de código compartido, arrendamiento con tripulación, vuelos chárter o viajes combinados. La compañía aérea contratante tendrá flexibilidad para cambiar de aerolínea operadora a condición de informar al pasajero de inmediato.

La idea de una lista negra en la UE de compañías aéreas poco seguras surgió tras el accidente de Sharm-El-Sheikh en enero de 2004, en el que murieron 148 pasajeros que viajaban a París al estrellarse su avión poco después de despegar desde este complejo turístico egipcio. Después del accidente se supo que la compañía operadora, Flash Air, tenía prohibido volar a Suiza por motivos de seguridad pero estaba autorizada en algunos Estados miembros.

INSPECCIONES EN PISTA

Para garantizar un elevado nivel de seguridad aérea de todos los aviones de países terceros que vuelen con destino u origen a la UE, la legislación comunitaria prevé desde 2004 un sistema armonizado de inspecciones de aeronaves extranjeras cuando éstas utilizan los aeropuertos comunitarios y de intercambio de información entre los Estados miembros.

Con estas inspecciones se examina una muestra de aviones extranjeros que han aterrizado en aeropuertos europeos para comprobar si cumplen las normas internacionales de seguridad aplicables mundialmente. Cualquier infracción observada puede ocasionar, dependiendo de la gravedad, la exigencia de que se ponga remedio de inmediato a la deficiencia o incluso la inmovilización en tierra del aparato.

De esta manera se detectan los operadores potencialmente poco seguros. La información recopilada y los informes de las inspecciones se envían de manera confidencial al resto de los Estados miembros, que pueden decidir también tomar medidas contra las aerolíneas sospechosas. La lista negra pública de compañías poco seguras se basará en estas informaciones

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