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Economía/Pesca.- Bruselas cierra el procedimiento de infracción contra Francia por su política pesquera



BRUSELAS, 23 (EUROPA PRESS)

La Comisión Europea acordó hoy cerrar el procedimiento de infracción contra Francia al evaluar de manera positiva las medidas adoptadas por el país para ajustarse a la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia que había exigido a las autoridades francesas, entre otras cosas un adecuado régimen de sanciones para quienes violaran la normativa comunitaria de pesca. Bruselas pone fin a un procedimiento de infracción que se remonta a 1991 y Francia evita enfrentarse a una segunda multa.

El pasado 12 de julio el Tribunal de Justicia de la UE condenó a Francia a pagar 20 millones de euros y a una multa de más de 57 millones de euros por un periodo de seis meses, a contar a partir de esa fecha, por no respetar la sentencia anterior del Tribunal emitida en 1991 que revelaba serias carencias en la aplicación de algunas medidas en el ámbito de la pesca, como la adopción de medidas disuasorisas frente a quienes violaran la normativa comunitaria.

A la vista de que no se hicieron progresos en años sucesivos, la Comisión pidió al Tribunal, en agosto de 2002, imponer a Francia una multa diaria de 316. 500 euros hasta que cumpliera sus obligaciones y en su sentencia de julio impuso el pago de una multa única y otra periódica.

Las carencias se detectaron, por ejemplo, en la falta de calidad y rigor de las inspecciones de las actividades de pesca, desembarco, transporte y comercialización. Por otro lado, el Ejecutivo comunitario tomó nota de la entrada en vigor, el pasado 6 de enero de 2006, de cambios en la legislación francesa para extender la aplicación de sanciones administrativas a cualquier infracción de la normativa comunitaria en materia de pesca.

En su evaluación de la situación en Francia, al final del primer periodo de seis meses, la Comisión ya evaluó de manera positiva la evolución de Francia, pero no obstante precisó que una serie de medidas adoptadas por Francia no habían tenido todavía el impacto deseado sobre el terreno, mientras que otras medidas ni siquierea se habían puesto en marcha.

Luego, tras numerosos contactos con las autoridades francesas y efectuar la Comisión varias inspeccionesen Francia, se hizo una nueva evaluación. En esta ocasión se llegó a la conclusión de que las autoridades francesas cumplían totalmente las obligaciones impuestas por el Tribunal, con lo que se cierra el procedimiento de infracción. La Comisión está convencida de que Francia sabrá mantener los esfuerzos desplegados para poner en marcha un régimen de control y de sanciones eficaz.

Los Estados miembros incluyeron en el Tratado de Maastrich, una disposición para garantizar el respeto de las sentencias del Tribunal europeo. El procedimiento jurídico que deriva de esta imposición prevé la imposicion por parte del Tribunal de sanciones o multas a los Estados miembros que no se atengan a las sentencias precedentes y que, de manera constatada, no cumplan las obligaciones que derivan de la legislación comunitaria. El caso contra Francia, de julio de 2005, es el tercero que se abre en aplicación de esta disposición. Los otros dos países fueron Grecia en julio de 2000 y España en noviembre de 2003.

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