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Economía/Bolsa.- La Audiencia Nacional deja sin efecto la publicación de las multas impuestas por CNMV a Eurodeal



MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional ha dado la razón a la agencia de valores Eurodeal y ha dejado sin efecto la publicación el pasado 4 de junio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de las sanciones impuestas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por la presunta comisión por parte de la firma de infracciones muy graves.

Eurodeal calificó de "ilícita" dicha difusión por existir un auto de la Audiencia Nacional del 27 de abril que decretaba la suspensión de las sanciones después de que las hubiese recurrido.

Sin embargo, la CNMV les dio publicidad tal y como se había previsto como parte de la propia sanción al desconocer el auto del tribunal, según explicaron a Europa Press fuentes del regulador.

La agencia de valores recurrió entonces la actuación de CNMV y su petición fue atendida por la Audiencia Nacional, que en auto con fecha del 14 de julio ha dejado sin efecto la decisión del regulador de dar publicidad a las sanciones, según publica hoy el BOE.

Las sanciones impuestas por la CNMV a propia firma de valores, cuya ejecución está en suspenso por orden del tribunal al haber sido recurrida por Eurodeal su correspondiente aprobación por parte del Ministerio de Economía, totalizaban los 372.000 euros.

Dichas multas se derivaban de infracciones muy graves consistentes en no contabilizar determinados ingresos correspondientes a operaciones en las que había mediado, en utilizar una "cuenta omnibus" sin cumplir los requisitos establecidos y en la inobservancia de la limitación relativa a la recepción de financiación.

Por la responsabilidad en la comisión de esas infracciones, la CNMV sancionó también a su presidente y consejero delegado Carlos Rodríguez López, a su consejero delegado Oscar Rodríguez González y a su consejero Rafael Fernández-Maquieria.

El procedimiento abierto por la CNMV se refiere a hechos ocurridos entre los años 1994 y 2001 que, según explicó Eurodeal en su momento, no ocasionaron perjuicio económico ni material alguno a sus clientes o de valor, correspondiendo a "cuestiones formales en el procedimiento y contabilidad".

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