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Noticias de Negocios - Finanzas y Bolsa |
Economía/Bolsa.- Quintás cree que el efecto de informar sobre operaciones vinculadas a relaciones afectivas será 'nulo'
MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
El presidente de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), Juan Ramón Quintás, consideró hoy que el significado práctico, derivado de la obligación de informar de las operaciones vinculadas -es decir, aquellas que se realizan entre la entidad y sus filiales u operaciones que las entidades hacen con sus directivos y administradores o sus familiares- será en la práctica "realmente nulo".
No obstante, Quintas alabó hoy el "magnífico trabajo" realizado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el desarrollo de esta normativa. Tras participar en el 'XII Encuentro del Sector Financiero' organizado por Deloitte y 'ABC', Quintás infirió que en el ánimo de la CNMV se encuentra el interés de regular un aspecto no cubierto por la actual normativa, al no exigir informar de operaciones vinculadas en las parejas de hecho.
No obstante, recientemente, el presidente de la CNMV, Manuel Conthe, recordó que las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) estable a la hora de definir "familiares directos" y "cónyuges" que no se debe pensar "únicamente en el matrimonio convencional sino que hay que asimilar a cónyuges aquellas otras personas que tienen una relación afectivamente equivalente".
En este sentido, Quintás señaló que no se puede considerar parte vinculada sólo aquella derivada del matrimonio legal, ya que bajo una relación de hecho "pueden ampararse situaciones de actuación deliberadas violando los principios de la buena conducta de mercado", como ha ocurrido recientemente en el Reino Unido.
"Creo que esto solamente es por un intento del regulador de reflejar en el papel lo que él cree que es un hueco. Creo que las consecuencias prácticas son realmente insignificantes", refirió.
No obstante, Conthe, reiteró esta misma semana que la normativa en cuanto a la publicidad de las operaciones vinculadas está bastante desarrollada. "Se trata de una obligación de información que dimana de la propia entidad que tiene que informar y, en modo alguno, la CNMV tiene pretensión de inmiscuirse en las relaciones de afectividad de los administradores de las sociedades con sus cónyuges o personas afectivamente equivalentes", subrayó Conthe esta misma semana.
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