11-M - El juez Del Olmo sólo envía al Congreso la declaración de Garrudo para no afectar a las investigaciones
Recuerda que sólo han transcurrido 4 meses desde el inicio de la instrucción y el alzamiento parcial del secreto es "injustificado"
MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
El juez de la Audiencia Nacional Juan del Olmo ha rechazado entregar la documentación que le fue solicitada por la Comisión Parlamentaria del 11-M por entender que ello comprometería las líneas abiertas para el esclarecimiento de los atentados, con excepción de las declaraciones judicial y policial prestadas por el portero de Alcalá de Henares (Madrid) Luis Garrudo, que sí han sido remitidas al Congreso.
En un informe de nueve folios remitido hoy al presidente del Congreso de los Diputados, Manuel Marín, el juez Del Olmo defiende el mantenimiento de la reserva judicial y rechaza la posibilidad de acceder a los requerimientos de la Comisión sobre los documentos referidos a las primeras diligencias practicadas en la investigación. "Ello obligaría a un alzamiento parcial injustificado en este momento del secreto de las actuaciones", afirma.
Con respecto a las declaraciones de Garrudo, señala que sí procede alzar el secreto parcial de las actuaciones porque no se aprecia que su traslado, "al objeto de facilitar el control de todas las manifestaciones del testigo por parte de la Comisión de Investigacion del 11 de marzo de 2004", pueda perjudicar las investigaciones judiciales.
COINCIDENCIA CON LA FISCALÍA.
La posición del magistrado coincide con la adoptada por la fiscal adscrita al caso, Olga Sánchez, en el escrito que remitió ayer al Juzgado Central de Instrucción número 6, en el que se oponía al envío de todos los documentos salvo el auto dictado el pasado 18 de junio sobre la "trama de los explosivos" -ya en poder del Congreso-. La Fiscalia también daba su visto bueno a la entrega de las dos declaraciones de Garrudo.
El juez explica que no puede dar "una contestación global y genérica" a su rechazo a entregar los documentos, que justifica uno por uno, y alega que la Constitución establece que las actuaciones judiciales son públicas con las excepciones que prevén las leyes de procedimiento. "Este sería el caso", afirma.
Así, Del Olmo distingue entre una "versión negativa" del secreto, referida a la limitación del conocimiento de los datos, y otra "positiva y justificada constitucionalmente", que se adopta "para favorecer, sin menoscabo alguno, la averiguación de los gravísimos delitos cometidos".
Recuerda el juez que el inicio de la investigación data de hace tan sólo cuatro meses, "y la efectividad de la misma ha resultado del ingente esfuerzo personal y de medios que las Fuerzas de Seguridad han aportado al esclarecimiento de los hechos delictivos investigados".
EVITAR DUPLICIDADES.
Igualmente, advierte a los diputados de la Comisión que la instrucción es función exclusiva del Poder Judicial, y que no cabría admitir una doble investigación sobre unos mismos hechos, pues "la propia razón de ser de las comisiones de investigación no estriba en la duplicidad de actuaciones por parte de dos Poderes del Estado, sino en la específica potestad de cada uno de ellos, y en su efectiva responsabilidad y ejercicio de su función".
Con respecto a los atestados de la Policía y la Guardia Civil obrantes en la causa, aclara que "se dirigen al estricto esclarecimiento de los hechos investigados, formando parte de una secuencia cuyo conocimiento puede perjudicar gravemente extremos recogidos en los mismos y que guardan relación con las líneas de investigación".
Tampoco accede a entregar las intervenciones telefónicas, "cuya eficacia depende de su reserva", ni la información sobre las diligencias judiciales practicadas a raíz del operativo policial que condujo a las primeras detenciones, el 13 de marzo. "Obedece a líneas de investigación que se estaban y se están desarrollando -insiste Del Olmo-, y la instrucción judicial no está en término de alzar parcialmente el secreto más allá de los extremos consignados en el auto de 18 de junio de 2004".
El magistrado aclara que se le han solicitado documentos que no obran en la causa, y a los que la Comisión se refiere de forma imprecisa como informes del Comisario Jefe de la Brigada Policial de Información (con fecha de 17 de marzo), del Comisario Jefe de la Brigada Provincial de Policía Científica (de 18 de marzo), y el acta de inspección técnico-policial extendida en Alcalá de Henares por la Policía Científica.
Señala que la única pericial de la Policía Científica que se incluye en el sumario es la relativa a la identificación de los diferentes cadáveres, y no la facilita por tratarse de imágenes "especialmente duras y que podrían afectar gravemente a la sensibilidad de los familiares de los fallecidos".
Tampoco obra en el sumario, por lo que no puede aportarlo, un informe elaborado por el Jefe del Grupo de Estupefacientes sobre el confidente policial e imputado en la 'trama de los explosivos' Emilio Suárez Trashorras.
Finalmente, aclara que su investigación no alcanza los hechos referidos a la colocación de un artefaco explosivo en la línea férrea del AVE Madrid-Sevilla el 2 de abril; la explosión en la calle Martín Gaite de Leganés y las diligencias abiertas por el saqueo de la tumba del GEO fallecido en la mencionada explosión. "En consecuencia, este Juzgado Central de Instrucción no puede, ni debe, brindar información alguna relativa a causas concernientes a otros Juzgados", asevera.