El CGPJ aprueba el dictamen que cuestiona la constitucionalidad de la reforma en la elección de altos cargos
MADRID, 11 (EUROPA PRESS)
La Comisión de Estudios e Informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó hoy, -con los votos a favor de los tres vocales de la mayoría conservadora y los votos en contra de los dos vocales progresistas-, la propuesta de dictamen que cuestiona la constitucionalidad de la reforma de la Ley orgánica del Poder Judicial encaminada a transformar el actual sistema de elección de altos cargos judiciales por este órgano.
Previsiblemente, este dictamen recibirá luz verde definitiva con el apoyo de los vocales mayoritarios en el Pleno extraordinario del CGPJ que se celebrará el próximo miércoles.
El documento señala que la reforma planteada por Gobierno socialista "pone en juego" el sistema de equilibrios establecido en la "onstitución de 1978 con el fin de cambiar las reglas del juego para afectar a los nombramientos y ascensos en la cúpula de la magistratura, por lo que supone una intromisión del Ejecutivo en el Poder Judicial. Esta valoración fue compartida por los vocales Adolfo Prego, José Luis Requero y Javier Laorden, que era el ponente del informe.
Los dos vocales de la minoría progresista Fernando Salinas, que es vicepresidente del CGPJ, y Luis Aguiar justificaron su voto negativo en el bajo perfil jurídico del documento, y anunciaron la presentación de un voto particular en el Pleno del próximo día 13.
La reforma auspiciada por el Gobierno supondrá sustituir la mayoría simple que hasta ahora se precisa para elegir a los magistrados del Tribunal Supremo y a los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia por una mayoría cualificada de tres quintos en Pleno del CGPJ..
"DEMOCRACIA A LA BÚLGARA"
El vocal conservador José Luis Requero criticó que la reforma pretenda establecer en el Consejo "una democracia a la búlgara o a la coreana, donde los acuerdos se alcancen por aclamación". A su juicio, la iniciativa gubernamental "pretende poner fin a a 25 años de reglas del juego respecto a las cuáles nadie había planteado hasta ahora ningún problema".
Agregó que sólo cuando el CGPJ ha realizado algunos nombramientos que no han agradado al Ejecutivo es cuando se ha decidido cambiar el sistema de mayorías, lo que supone "una intromisión grave" en la independencia del órgano de gobierno de los jueces.
Sobre lo dicho por el ministro de Justicia, Juan Fernándo López Aguilar, de que el nuevo sistema reforzará el consenso en el CGPJ, Requero señaló que actualmente los vocales tratan de buscar el citado consenso en todas las cuestiones posibles "y cuando no se alcanza, lo que se hace es algo tan democrático como votar", dijo. Este vocal considera que la mayoría cualificada debe ser utilizada para casos excepcionales, ya que, de lo contrario, existe el peligro de que la minoría pueda llegar a bloquear las decisiones.
Por su parte, el vocal progesista Luis Aguiar expresó hoy su "más rotunda protesta" por el hecho de que la propuesta de dictamen se haya facilitado a un medio de comunicación antes de llegar a los vocales de la minoría.
Agregó que ha votado en contra del informe porque le parece "jurídicamente flojo" y porque incluye "valoraciones políticas acerca de la oportunidad de acomenter ahora la reforma", una cuestión que "sólo procede realizar al Gobierno, que ha actuado además por mandato de una proposición no de Ley que fue aprobada por el Congreso de los Diputados".
Según Aguiar, el dictamen aprobado hoy apenas hace referencia a reglas del Derecho o artículos de la Constitución, de la que sólo menciona el artículo 9.3 -en el que se consagra el principio de legalidad-, "que es un precepto muy amplio". Este vocal manifestó durante el debate en la Comisión que estaba en contra "del tono y del contenido" del dictamen, y que presentará un voto particular al mismo en el Pleno del próximo miércoles.
En la propuesta de dictamen aprobado hoy, el CGPJ califica de "intempestivo" y "transcendente" el que el anteproyecto de reforma de los nombramientos de cargos judiciales se aborde en medio del mandato del órgano de gobierno de los jueces, a dos años de su renovación, interfiriendo en el funcionamiento de la institución.