Hernando reclama que Fiscalía y Cámaras actúen por el acto de Batasuna, que vulnera la sentencia de ilegalización
Advierte que ni esta, ni quienes a sucedan podrán presentarse a ninguna elección pública por que la sentencia es su "muerte civil"
MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Francisco José Hernando, reclamó hoy que la Fiscalía General del Estado y las Cámaras legislativas actúen por el acto que realizó ayer Batasuna y que incumple la sentencia de ilegalización de esta formación polícia. Advirtió también que ni Batasuna, ni ninguna organización que la suceda podrá presentarse a una elección pública porque la sentencia del Tribunal Supremo es su "muerte civil".
Hernando, quien realizó estas afirmaciones en el Forum Europa, organizado por Europa Press y Nueva Economía, se mostró crítico con el hecho de que la formación abertzale pudiera realizar ayer un acto público teniendo en cuenta que la sentencia de ilegalización que emitió el Tribunal Supremo y ratificó el Tribunal Constitucional, impide que puedan realizar cualquier actividad pública.
En este sentido, explicó que el sistema jurídico en España parte de un principio de "justicia rogada". Por ello, aclaró que el Tribunal Supremo, mientras no tenga conocimiento de forma "eficaz y fehaciente" de los comportamientos de los incumplimientos de determinadas resoluciones judiciales, no debe actuar".
Sin embargo, dejó claro que eso no significa que otras "instancias" no deban hacerlo. Así, recordó que la Ley de Partidos Políticos encomienda las funciones de control, de exámen de su aplicación y de denuncia de sus infracciones al Fiscal General y a las Cámaras legislativas.
NO PUEDEN PRESENTARSE A NINGUNA ELECCION POLITICA
El presidente del TS quiso dejar claro también que, en este momento y después de la sentencia de ilegalizaicón emitida por el Supremo y ratificada por el Constitucional --lo que significa que no vió vicio de inconstitucionalidad, ni de indefensión o vulneración de los derechos fundamentales--, Batasuna, HB, EH o "quienes sean sus sucesores no pueden presentarse a ninguna elección política, no pueden tener actividad pol´tiica como tales partidos".
Precisó con rotundidad que la resolución del Supremo es la "muerte civil" de la actividad política de esas formaciones.
Hernando también emitió una queja sobre cómo está recogido en el Código Penal la desobediencia a los mandatos judiciales. En su opinión, necesiata de un "fortalecimiento", porque, explicó "hoy en día" la pena es la misma para quienes desobedecen una orden administrativa y una orden judicial. "Creo que eso no se corresponde con la realidad, ni resulta justo", exclamó. El presidente del alto tribunal recordó que la sentencia del TS de marzo de 2003 establece que los tres partidos, Batasuna, HB y EH, obedecen a un mismo "designio", que Batasuna es el "brazo político de ETA".
Por ello, explicó que si hay una sentencia de ilegalización "estas formaciones están fuera de la esfera pública, no deben poder actuar y no sólo proclamando una actividad política contraria al terrorismo, sino que en sus comportamientos no deben dar cobijo, sino que deben rechazar públicamente el terrorismo y el uso de la fuerza".
BATASUNA NO HA HECHO EXCLUSION DE LA FUERZA
Hernando apuntó que la sentencia emitida por el Tribunal Supremo decía que en España, al contrario que en otras legislaciones constitucionales de otros países de nuestro entorno, todos las ideas están permitidas, no son perseguibles, sino que, al contrario, son permisibles.
Sin embargo, matizó que "lo que no es permisible es que se quieran implantar las ideas mediante uso antidemocrático con la utilización de la fuerza". En este sentido, advirtió que Batasuna se encuentra en esta situación porque "no ha hecho exclusión de la fuerza, sino que se ha limitado a repetir en el discurso lo que ya venía manteniendo sobre una serie de manifestaciones políticas, sobre una forma de entender lo que ellos denominan el espacio de decisión del pueblo vasco".
Para Hernando, esta defensa del espacio de decisión es "perfectamente legítima", pero no lo es en la medida en que se pretenda conseguir mendiante el "uso de la fuerza o no excluyendo la fuerza".