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Inmigración.- El Consejo de Estado apoya el Reglamento de Extranjería y califica de 'innovadora' la regularización



El Gobierno estima que el cobro de tasas por los trámites de la normalización compensarán el coste extra que este procedimiento MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Estado valora positivamente el Reglamento de Extranjería y el fortalecimiento que el mismo comporta de los mecanismos dirigidos a dar prioridad a la inmigración regular en España, entendiendo, en definitiva, que "responde de manera cabal y adecuada a la consecución de los objetivos que persigue", según concluye el dictamen de este órgano consultivo, al que ha tenido acceso Europa Press.

Junto a estas consideración, afirma que el texto responde en esencia a los principios que informan la política común de la UE y está en la línea de las tendencias del entorno jurídico de España en materia de Inmigración.

Asimismo, califica de "especialmente innovadora" la disposición transitoria tercera del Reglamento, que regula el proceso de normalización laboral de trabajadores extranjeros en situación irregular. "El Consejo de Estado considera que la solución articulada es ajustada a derecho --añade en relación a la futura regularización extraordinaria--, sin reparos de legalidad".

El informe, de 62 folios, recoge una única observación de "carácter esencial", que coincide además con el dictamen del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), al recordar que la competencia para autorizar el internamiento de menores extranjeros en el mismo centro en el que se encuentran sus padres corresponde al juez de primera instancia competente en materia de derecho de familia y no al juez de menores.

DOS MEMORIAS ECONÓMICAS

Además, el Consejo de Estado pone de relieve, al enumerar los documentos remitidos por el Gobierno que el Ejecutivo ha elaborado dos memorias económicas al proyecto de Reglamento. La primera, fechada el 8 de septiembre de 2004, afirma que el proyecto no supone aumento del gasto público respecto a la aplicación de la Ley de Extranjería, al ser desarrollo estricto de lo ya establecido.

Una segunda memoria sin fechar, según el Dictamen, referida a las consecuencias económicas del proceso de normalización, estima los costes de las diversas actuaciones previstas y los ingresos que se generarán por el cobro de las correspondientes tasas, "considerando que el coste extraordinario previsto se equilibraría con los ingresos a percibir en concepto de tasas".

Además, la Memoria añade, según el Consejo de Estado, que como consecuencia del proceso de normalización, los ingresos de la Tesorería General de la Seguridad Social, así como los derivados de otros impuestos, se incrementarán en función del número de inmigrantes afectados.

Respecto al proceso extraordinario de regularización, el dictamen aconseja que se regule la posibilidad de recurrir las denegaciones de autorizaciones de trabajo.

SEGUNDA OPORTUNIDAD

Además, propone al Ejecutivo una especie de segunda oportunidad dentro del proceso extraordinario de regularización para aquellos extranjeros que vayan a trabajar como empleados de hogar (con sus especificidades) cuya autorización de trabajo quede sin efecto porque no se ha dado de alta el contrato en la Seguridad Social en el plazo establecido.

De este modo, señala que en estos casos debe advertirse al extranjero que dispone del plazo restante de vigencia para acogerse al proceso (tres meses desde la entrada en vigor del Reglamento), para presentar una nueva solicitud que reúna todos los requisitos exigidos y, en consecuencia, pueda tramitarse en la forma prevista hasta obtener la afiliación a la Seguridad Social.

Además, sugiere que se explicite dentro de la Disposición Transitoria Tercera que la denegación de una autorización en el proceso de normalización supone la continuación de los expedientes de expulsión y la ejecución de las órdenes ya dictadas.

OTRAS SUGERENCIAS

Otras sugerencias del Consejo de Estado al Reglamento se refieren a la petición de que se respete el plazo general de tres meses para la resolución de expedientes en materia de extranjería que el Gobierno reduce en diversos casos a un mes.

Por otra parte, recomienda que se exija un certificado de penales a los extranjeros que solicitan residencia, sin necesidad de su consentimiento expreso, como se hace con aquellos que solicitan una residencia temporal.

En otro orden de cosas, considera incorrecta la competencia otorgada al secretario de Estado de Inmigración y Emigración para dictar instrucciones en es esta materia ya que, a su juicio, esta competencia debe corresponder al Consejo de Ministros con el fin de vincular efectivamente a los distintos órganos de la Administración del Estado.

Finalmente, el informe valora muy positivamente la previsión de otorgar permiso de residencia independiente cuando el cónyuge del extranjero residente sea víctima de malos tratos con orden de protección, así como la regulación de la estancia de menores extranjeros en situaciones diferentes a las descritas, en referencia a los periodos de vacaciones que algunos niños, como los saharaui o rusos pasan con familias de acogida en España.

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