Turquía.-El Tribunal de DDHH da la razón a Ocalan y confirma que éste no recibió un juicio justo en Turquía
Ankara afirma que hará lo necesario para cumplir la legalidad en el caso de Ocalan
ESTRASBURGO (FRANCIA), 12 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Derechos Humanos Europeo consideró hoy de forma unánime que el rebelde kurdo Abdulá Ocalan, antiguo líder del Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK), no recibió un "juicio justo" ya que no fue juzgado por un "tribunal independiente e imparcial". En este sentido, señala que se violó la Convención Europea de Derechos Humanos al ser condenado a muerte. Asimismo, la corte, con sede en Estrasburgo (Francia), opina que también se violó su derecho a recibir asistencia de un abogado durante su detención, por lo que recomienda a Turquía que el acusado sea sometido a un nuevo juicio.
Los magistrados de la Gran Cámara del Tribunal consideraron de forma unánime que hubo una violación del artículo 6 de la Convención, ya que además de no permitirse al acusado disponer del tiempo y las facilidades para preparar su defensa, Ocalan tampoco pudo contar con un abogado de su elección, por lo que su proceso no fue "justo". El líder kurdo había denunciado que, tras haber sido detenido el 15 de febrero de 1999 en Kenia, hasta el 23 de febrero un juez del Tribunal de Seguridad de Ankara no decretó su detención provisional.
Durante este tiempo, a Ocalan se le negó tanto el acceso a su abogado en Turquía como a otros 16 letrados de Amsterdam que querían visitarle en la prisión de Imrali, en Bursa, en la que está detenido. Desde esta fecha, los contactos con sus abogados fueron escasos y tampoco pudo consultar todos los documentos sobre su caso. Finalmente, el 29 de junio de 1999 el Tribunal de Seguridad de Ankara le declaró culpable de actividades secesionistas y de dirigir una banda armada con este fin, condenándole a la pena de muerte.
Aunque en agosto de 2002 la Gran Asamblea Nacional de Turquía decidió abolir la pena de muerte en tiempos de paz y el 3 de octubre el Tribunal de Seguridad del Estado de Ankara conmutó la pena capital por cadena perpetua para Ocalan, el Tribunal Constitucional anuló en diciembre de 2002 la abolición de la pena de muerte para los condenados por actos terroristas. Esta decisión fue la que llevó a Ocalan a recurrir al Tribunal de Estrasburgo, que el 12 de marzo de 2003 sentenció que Ocalan no había recibido un juicio justo.
Sin embargo, a petición de Ocalan y Ankara el caso fue llevando ante la Gran Cámara del Tribunal, que hoy pronunció su sentencia, en la que da la razón a Turquía al afirmar que las condiciones en las que fue detenido Ocalan en Kenia fueron "conformes a las 'vías legales'", pero rechazó que, como afirma el Gobierno turco, el acusado dispusiera del derecho a recurrir su detención. También considera que se violó el artículo 5.3 de la Convención, ya que el acusado "pasó un total de un mes y siete días antes de ser llevado ante un juez".
IMPARCIALIDAD DE JUECES
En cuando a la imparcialidad de los jueces, los magistrados de Estrasburgo se mostraron más divididos --once a favor, seis en contra-- sobre la violación del derecho a un juicio justo. Ocalan había denunciado que los magistrados que le juzgaron estaban influidos por las informaciones hostiles publicadas por la prensa, y que sus abogados no pudieron preparar adecuadamente su defensa ya que no tuvieron acceso a todos los documentos.
Respecto a esta cuestión, el Tribunal afirma que el proceso no fue "justo" porque el acusado no estuvo asistido por sus abogados durante su interrogatorio y no pudo hablar con ellos a solas; no pudo acceder directamente a los documentos de su caso hasta que el proceso estaba ya muy avanzado al igual que sus abogados.
Por último, la Gran Cámara destaca que "la pena de muerte fue abolida en Turquía y que la pena del demandante fue conmutada con la cadena perpetua". Además, "Turquía ratificó el 12 de noviembre de 2003 el Protocolo 6 de la Convención sobre la abolición de la pena de muerte" y por lo tanto, no hubo una violación en lo que se refiere a la aplicación de la pena de muerte.
EJECUCION Y ANGUSTIA
Sin embargo, recuerda que en virtud del artículo 2 de la Convención, "está prohibida la ejecución de un condenado a muerte que no se ha beneficiado de un juicio justo" ya que esto, añade, "equivale a someter injustamente a esta persona al temor de ser ejecutado". En este sentido, considera que una situación así provoca en el detenido una "angustia" por el temor a la ejecución.
A este respecto, no obstante, la sentencia recuerda que en Turquía existe una moratoria sobre la pena de muerte desde 1984 y que además, en el caso concreto de Ocalan, su caso no ha sido enviado al Parlamento para que éste apruebe su condena como requiere la Constitución turca, si bien los cargos dictados en su contra son "los más graves" contemplados por el Código Penal turco, lo que hacía que la posibilidad de su ejecución fuera "real".
Por tanto, la Gran Cámara concluye que "el hecho de que se pronunciara la pena de muerte contra el demandante tras un proceso injusto ante un tribunal cuya independencia e imparcialidad son objeto de dudas (constituye) un trato inhumano". Además, considera que "los efectos a largo plazo del aislamiento social relativo" al que está sometido en Imrali, donde es el único recluso, "deberían atenuarse" permitiéndosele el "acceso a las mismas comodidades que los demás detenidos en las prisiones de alta seguridad de Turquía", como tener una televisión o hablar por teléfono con su familia.
Por estos motivos, el Tribunal de Derechos Humanos aconseja a Turquía que lo más adecuado en este caso sería "volver a juzgar al demandante a petición de este y en el menor plazo posible". Con ello, afirma la corte, "se repararía la violación constatada" de los derechos de un detenido.
RESPUESTA DE ANKARA
El Gobierno turco aseguró hoy que hará lo que sea necesario para cumplir con la legalidad en el caso de Ocalan. Tras conocerse la sentencia, un portavoz gubernamental concedió una entrevista a la televisión estatal en la que pidió a los ciudadanos que tengan fe en la capacidad del Estado turco para gestionar el caso y que no teman la liberación del rebelde kurdo.
La sentencia de Estrasburgo contra Ankara se produce en un momento en que el país trata de demostrar sus progresos en materia de Derechos Humanos para comenzar sus negociaciones de adhesión a la UE el próximo 3 de octubre, y en un momento difícil para el Partido Justicia y Desarrollo (AKP) del primer ministro Recep Tayyip Erdogan.
En los últimos meses han dejado el Parlamento 12 diputados del AKP, que consideran que el Gobierno está perdiendo el contacto con los ciudadanos, y siguen las tensiones entre Erdogan y su ministro de Asuntos Exteriores, Abdulá Gul, visto por algunos como más prooccidental y cercano a la UE. En todo caso, el AKP mantiene su liderazgo político y no hay elecciones hasta 2007.
Por su parte, Ocalan considera que una repetición de su juicio es una oportunidad para Turquía y para la solución del problema kurdo, según palabras transmitidas por su abogado Bekir Kaya y recogidas por el portal 'Kurdishinfo'. El abogado habló con Ocalan ayer, antes de conocerse la sentencia del Tribunal.
Además, el que fuera líder del Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK), incluido en la lista de grupos terroristas de la UE, aafirmó que es partidario de la "lucha democrática", pero añade: "Sin embargo, los kurdos pueden elegir entre diferentes opciones si se les responde con violencia y operaciones militares". La solución para elpueblo kurdo en Turquía, añadió, es "el Confederalismo democrático".
Respecto a las relaciones entre Turquía y la UE, Ocalan subrayó que la estrategia de la UE se basa en la promoción de Estados democráticos, de modo que si Turquía da pasos en esa dirección, puede encontrar un lugar en la estrategia de seguridad europea.