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Economía -Bruselas lleva a España ante la Justicia europea por permitir la discriminación de los accionistas



BRUSELAS, 15 (EUROPA PRESS)

La Comisión Europea informó hoy de su decisión de denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas porque su legislación nacional "permite una discriminación de los accionistas de las sociedades cotizadas en bolsa que emiten nuevas acciones o nuevas obligaciones convertibles".

Bruselas entiende que esta discriminación vulnera el principio de igualdad de trato y los derechos de preferencia que la segunda Directiva sobre Derecho de sociedades confiere a los accionistas.

Los derechos de preferencia tienen por objeto fomentar la inversión garantizando a los antiguos accionistas que serán los primeros en tener la oportunidad de adquirir acciones de nueva emisión.

La denuncia ante el Tribunal de Justicia viene precedida de un dictamen motivado enviado a España a principios de este año, segunda fase del procedimiento por incumplimiento previsto en el Tratado.

De acuerdo con el artículo 159 de la Ley española de Sociedades Anónimas, cuando una sociedad cotizada aumenta su capital mediante la emisión de nuevas acciones en contrapartida de aportaciones dinerarias, puede denegar el derecho de suscripción preferente a los antiguos accionistas.

Las mismas acciones pueden venderse posteriormente a terceros con un descuento considerable respecto a su valor de mercado. Esta posibilidad se aplica como excepción al principio general establecido en el citado artículo de la Ley española, en virtud del cual el precio de emisión de las nuevas acciones ha de ser equivalente al valor razonable, que en el caso de las sociedades cotizadas se entiende como el valor de mercado, salvo que se justifique lo contrario.

Esta excepción puede "diluir", según la Comisión, "indebidamente" las participaciones de los antiguos accionistas --reducirlas en proporción al capital social total de la sociedad--, porque permite ofrecer acciones a terceros a un precio de descuento sin que los antiguos accionistas hayan tenido la posibilidad de adquirirlas.

A juicio de la Comisión, esto supone una discriminación de los accionistas de sociedades cotizadas españolas y vulnera la segunda Directiva sobre Derecho de sociedades de la UE.

También otras disposiciones de la Ley española de Sociedades Anónimas parecen incumplir la Directiva, dado que esta ley confiere a los titulares de obligaciones convertibles derechos preferentes sobre acciones u obligaciones convertibles de nueva emisión.

En consecuencia, la Comisión ha decidido remitir el asunto al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para que emita un fallo definitivo sobre la compatibilidad de las disposiciones de Derecho interno español en cuestión, a fin de garantizar que los inversores no vean repentinamente reducida su influencia en una sociedad por la dilución de sus participaciones.

SUECIA, LUXEMBURGO Y GRECIA.

La Comisión ha decidido, asimismo enviar dos cartas de emplazamiento en las que pide a Suecia y Luxemburgo información completa sobre el cumplimiento de anteriores sentencias del Tribunal de Justicia.

También ha pedido formalmente a Irlanda que modifique su legislación sobre la cobertura de conductores de vehículos no asegurados que no sean responsables del accidente.

Por último, ha enviado un dictamen motivado adicional a Grecia en relación con la normativa griega que obliga a todas las empresas de seguros de automóviles a ser miembros de la Asociación nacional griega de aseguradoras.

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