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El Constitucional suspende la ejecución de una euroorden de entrega a Francia de un acusado de narcotráfico



MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha suspendido la ejecución de un auto dictado por el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por el que se accedía a la entrega a Francia de André F. G., acusado de narcotráfico en su país, en virtud de una orden europea de detención y entrega tramitada en el Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia. La decisión cuenta con el voto particular del magistrado Jorge Rodríguez-Zapata al que se adhiere el magistrado Roberto García-Calvo.

André F. G. fue detenido en España en aplicación de un mandamiento de arresto internacional dictado por el Tribunal de Gran Instancia de Toulouse (Francia).

El arresto dio origen a una solicitud de extradición por parte de las autoridades francesas para enjuiciarle por un delito de tráfico de drogas. Dicha solicitud fue rechazada por la Audiencia Nacional al no cumplirse el requisito de reciprocidad respecto a la extradición de nacionales.

Con posterioridad a esta decisión la Fiscalía de Toulouse emitió una orden europea de detención y entrega, conocida como euroorden, por los mismos hechos por los que fue denegada la extradición de André F. G., motivo por el cual fue detenido de nuevo y puesto a disposición judicial. La Audiencia Nacional accedió a su entrega pero condicionando a que después de juzgarle fuera devuelto a España para cumplir la pena que pudiera serle impuesta.

El recurrente de amparo alega, entre otras cosas, una posible vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y a la legalidad penal. Y ello porque entiende que la renuncia de la Audiencia Nacional a extraditarle a Francia en su día es ya "cosa juzgada" y que dado que el objeto y causa de solicitar su entrega es el mismo que el de la anterior vez se trataría de un supuesto que se encuentra fuera de su ámbito de aplicación.

El Tribunal Constitucional suspende la ejecución de la euroorden mientras tramita el recurso de amparo argumentando que "la efectividad de dichas resoluciones implica la inmediata entrega del recurrente a las autoridades del Estado emisor, con la consiguiente dificultad de que una eventual sentencia estimatoria de amparo pudiera surtir efectos en dicho país, lo que acredita la existencia de perjuicios que harían perder al amparo su finalidad, sin que quepa apreciar que de la misma pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales o de un tercero".

SISTEMA CUESTIONADO

El voto particular suscrito por los magistrados Rodríguez Zapata y García-Calvo --dos de los seis que forman la Sala-- afirma que "la generalización de la suspensión cautelar de la ejecución de las euroórdenes por los tribunales constitucionales de la Unión Europea "pondrá en cuestión el sistema de cooperación mediante euroorden".

Añade que esas suspensiones deben reservarse a casos extremadamente excepcionales, y no supeditarse a que se haya producido la admisión a trámite del correspondiente recurso de amparo, como ocurre en este caso.

Asimismo, el voto particular indica que la decisión del TC se produce en una fecha "señalada", al coincidir con la decisión del Tribunal Constitucional alemán que deniega la euroorden para entregar a España a un presunto terrorista islamista, acusado de estar relacionado con la financiación de los atentados del 11-S en Nueva York.

Los magistrados discrepantes destacan "la incompatibilidad que, por principio, ostenta el mecanismo de la Euroorden, que ha implantado en la Unión Europea la Decisión Marco de 13 de junio de 2002, con medidas procesales cautelares" como la adoptada por el Constitucional, de suspensión de la ejecución de la misma.

El TC ha dictado otras suspensiones de euroordenes por motivos similares, que han contado también con votos discrepantes del magistardo Rodríguez Zapata.

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