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Noticias de sociedad - Cuestiones sociales |
López Aguilar responde al CGPJ que no debe informar sobre el matrimonio gay porque 'no es el supremo órgano consultivo'
Considera que "entre las funciones constitucionales" del Consejo no está la de "valorar la oportunidad de una iniciativa legislativa"
MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, respondió hoy al presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Francisco Hernando, que no corresponde al órgano de gobierno de los jueces emitir un informe sobre el anteproyecto de ley que permitirá el matrimonio entre homosexuales, porque "no es el supremo órgano consultivo del Gobierno", función que desarrolla el Consejo de Estado, "ni está entre sus funciones constitucionales la de valorar la oportunidad de una iniciativa legislativa si su informe no es requerido expresamente por el Gobierno de la nación".
En un escrito de tres páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el ministro justifica por qué el Ejecutivo no enviará el anteproyecto de ley al Consejo para que informe sobre él, a pesar del requerimiento realizado por este órgano la semana pasada, López Aguilar explica que el artículo 108.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial "atribuye al CGPJ la facultad de informar los anteproyectos de leyes y disposiciones generales del Estado y de las Comunidades Autónomas en determinados casos".
En concreto, menciona los que "afecten total o parcialmente a normas procesales o a aspectos jurídico-constitucionales de la tutela ante los Tribunales ordinarios del ejercicio de derechos fundamentales y cualesquiera otras que afecten a la constitución, organización, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales".
Según el ministro, el anteproyecto en cuestión no entra dentro de ninguno de estos supuestos, puesto que "se limita a modificar el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, sin establecer, modificar o suprimir ninguna norma de índole procesal, ni afectar al contenido de ninguna otra norma adjetiva". Es decir, no se reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil, sino quince artículos del Código Civil.
NO SON DERECHOS FUNDAMENTALES
Tampoco afecta a "aspectos jurídico constitucionales de la tutela ante los Tribunales ordinarios del ejercicio de derechos fundamentales", porque el derecho a contraer matrimonio y la protección a la familia no son derechos fundamentales, ya que, según "una consolidada jurisprudencia constitucional", éstos son aquéllos que gozan de una garantía reforzada (deben ser desarrollados mediante ley orgánica y son susceptibles de recurso de amparo).
El ministro agrega que el anteproyecto tampoco es "en sí un desarrollo" del derecho a la igualdad del artículo 14 de la Constitución. "No se pueden regular las condiciones de trabajo, la contratación administrativa, los tributos, la función pública o las subvenciones si no se tiene presente el principio de igualdad, lo que obviamente no significa, por lo mismo, que se esté 'regulando', y menos 'desarrollando', el derecho a la igualdad ni que el Consejo deba informar en todas estas materias", afirma el escrito. El anteproyecto tampoco afecta a la constitución, organización y funcionamiento de los Juzgados y Tribunales.
"IMPORTANCIA SOCIAL"
En opinión del ministro, el propio CGPJ reconoce "la inconsistencia de encontrar cobertura legal en el artículo 108 a su interés por informar", al esgrimir la "importancia social" del anteproyecto en su petición de informar.
El titular de Justicia considera que la importancia social de un anteproyecto y su enriquecimiento por medio de informes es "una valoración discrecional y de oportunidad" que "legítimamente corresponde al Gobierno".
"Es claro que el Consejo no es el supremo órgano consultivo del Gobierno de la Nación, función que corresponde al Consejo de Estado, ni tiene funciones de órgano asesor de las Cortes Generales, ni está entre sus funciones constitucionales la de valorar la oportunidad de una iniciativa legislativa si su informe no es requerido expresamente por el Gobierno de la Nación", concluye el escrito.
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