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El CGPJ califica de 'aberración jurídica' el divorcio sin causa que propone el Gobierno



Cree que la eliminación del plazo de tres meses equipararía el divorcio al "repudio musulmán" MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

La Comisión de Estudios del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó hoy, con los tres votos a favor de los vocales de la mayoría conservadora, un informe muy crítico con la reforma del divorcio propuesta por el Gobierno, que califica de "aberración jurídica" que la norma no exija causas para obtener la separación matrimonial. Además, destacan que el plazo de tres meses de matrimonio exigido para plantear el divorcio unilateral es el más bajo de Europa.

El informe fue rechazado por los dos vocales de la Comisión pertenecientes a la denominada minoría progresista, Fernando Salinas y Luis Aguiar, que apoyan el divorcio sin necesidad de alegar causa alguna que establece el Anteproyecto gubernamental, y proponen además que se suprima el requisito de los tres meses para presentar la demanda de divorcio tras el matrimonio. Los vocales de la mayoría señalan que ello sería equiparar el divorcio al "repudio" permitido sólo en la tradición musulmana.

Los vocales de la mayoría conservadora Adolfo Prego, Javier Laorden y José Luis Requero, discrepan también en su informe de la regulación unitaria que hace el Anteproyecto, por primera vez en España, del divorcio y la separación matrimonial, "olvidando que su naturaleza y efectos son muy distintos, por lo que es incorrecta la aplicación de un mismo régimen en cuanto a la forma de obtener una y otro".

SEPARACION Y DIVORCIO

"Dos figuras jurídicas distintas no pueden tener el mismo régimen legal, salvo que se confundan, como parece hacer el Anteproyecto de Ley que aquí se informa", dice el dictamen.

El informe realiza una comparación con las legislaciones de divorcio y separación en 21 países europeos, y concluye que el divorcio unilateral sin causa, como el que propone el Gobierno, "es realmente excepcional y aceptado sólo, y siempre con plazos, en dos países nórdicos (Finlandia y Suecia), más alejados de nuestra tradición jurídica". Además, destacan que el plazo de tres meses recogido en la reforma "va más allá" que el establecido en esos dos países, que es de seis meses.

El CGPJ cree que el plazo de tres meses previsto en el Anteproyecto es únicamente de tiempo de matrimonio previo al momento de pedir el divorcio, "con lo que parece que se quiere instaurar una especie de matrimonio a prueba durante ese lapso de tiempo".

El informe propone que el requisito de los tres meses, más que exigirse como plazo previo a la posibilidad de demandar, se establezca como tiempo necesario entre la formulación de la pretensión y una posterior ratificación o reiteración de la misma.

Asimismo, la Comisión dice que ha hecho propias muchas de la consideraciones a la reforma formuladas por la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas. Así, señala que el proyecto incurre en el equívoco de confundir la "culpabilidad moral" del hecho que provoca la separación, al descalificar las causas de separación vigentes actualmente, con la "responsabilidad jurídica" de los efectos que del mismo se derivan.

Para el Consejo, "el mantenimiento de estas causas jurídicas legitimadoras de la separación --y consecuentemente del divorcio-- es enteramente imprescindible, con el fin de que el juez pueda cumplir una normativa tan clara e inatacable como la prioridad del interés de los hijos en atención a salvaguardar la integridad psicofísica de los mismos (obviamente en riesgo en los casos de violencia concretada en los malos tratos) así como la inexcusable protección al cónyuge que sea víctima de dichos comportamientos".

CONTRATO SIN CAUSA

El informe insiste en que en materia jurídica no se concibe un contrato sin causa. "Asi como sería una aberración jurídica la cancelación unilateral de un contrato, así también lo es un 'divorcio sin causas justificativas': no causas morales, sino causas que jurídicamente justifiquen la denuncia y subsiguiente rescinsión del contrato bilateral, que es el matrimonio".

El Consejo subraya que la ruptura del contrato jurídico matrimonial contra la voluntad de la otra parte signataria del mismo, debe dar derecho a obtener la compensación debida. "Eso es lo que la actual Ley del Divorcio cuidó de establecer en términos, no por razones de tal o cual moral, sino por indispensable rigor jurídico sin dejar de ser por ello una ley progresista".

Añaden que "la modernización y actualización de las leyes no tiene por qué estar reñida con la pérdida del sentido ético, ni tampoco dar lugar a que ambos planos se puedan confundir".

El dictamen hace otras sugerencias al texto legal, como que debería concretarse el interés del cónyuge o de los hijos que permite no esperar el plazo de tres meses para el divorcio, o exigir que el cónyuge que no aguarde dicho plazo alegando recibir malos tratos (como prevé el proyecto) deba presentar una orden de protección judicial o un informe de la Fiscalía.

El informe de la Comisión de Estudios debe ser ratificado por un Pleno extraordinario del Consejo, que se celebrará en los próximos días. La minoría progresista, que apoya el divorcio sin necesidad de alegar causas, y pide además la supresión del plazo de tres meses, presentará un texto alternativo con sus posiciones en esa sesión plenaria.

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