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Noticias de sociedad - Cuestiones sociales


Inmigración.- Agentes sociales proponen documentos de ayuda social, sanitarios o escolares para justificar la residencia



Los requisitos exigidos dependerán de los Ayuntamientos, aunque los documentos deberán ser oficiales y no valdrán recibos

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

Los inmigrantes que quieran acogerse al proceso de regularización podrían aportar documentos como la tarjeta sanitaria, justificantes que acrediten su participación en programas de ayuda social o la escolarización de sus hijos para recibir un certificado de empadronamiento que se ajuste a los requisitos establecidos por el Gobierno, según informaron a Europa Press en fuentes de la Mesa de Diálogo Social.

Gobierno y agentes sociales acordaron hoy, en el seno de este foro de diálogo, que los inmigrantes puedan presentar a la Administración otros documentos públicos, además del padrón, para demostrar que llevan viviendo en España desde antes del 8 de agosto de 2004 y acogerse al actual proceso extraordinario de regularización.

La mesa de Diálogo Social ha elevado esta sugerencia al Consejo de Empadronamiento (órgano dependiente del Instituto Nacional de Estadística) que, a su vez, realizará una propuesta a los Ayuntamientos. Estas administraciones serán, en todo caso, las responsables de establecer los documentos requeridos, según las mismas fuentes.

Estos documentos dependerán de las circunstancias de cada municipio, como por ejemplo la tarjeta sanitaria, teniendo en cuenta que no todas las comunidades autónomas la facilitan a las personas en situación irregular.

EL CONSEJO DE EMPADRONAMIENTO

El Consejo de Empadronamiento es un órgano compuesto por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el Ministerio de Asuntos exteriores, el Ministerio de Administraciones Públicas y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Este consejo está dirigido por la presidenta del INE, Carmen Alcaide.

Según informaron a Europa Press fuentes de este organismo, el INE tiene previsto recibir la propuesta de la Mesa de Diálogo Social a lo largo de esta tarde y convocará de manera "inminente" al Consejo de Empadronamiento para, a su vez, eleve sus sugerencias a los ayuntamientos.

El empadronamiento por omisión está regulado a través de una resolución del INE para la gestión del padrón municipal. Según el texto de la resolución, aquellas personas que viviendo actualmente en un municipio no figuran inscritas en su padrón deberán solicitar su inscripción en el mismo, por omisión y los ayuntamientos podrán declarar de oficio la inscripción presentando las justificaciones pertinentes.

En la actualidad, los documentos requeridos son el DNI, el pasaporte o el permiso de residencia y un documento que acredite la ocupación de la vivienda (escritura en propiedad, contrato de alquiler y original y fotocopia de un recibo de agua, luz o teléfono).

Sobre este último punto, desde la Mesa de Diálogo Social se insiste en que los documentos deberán ser de carácter público. Además, la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, recalcó hoy que los documentos requeridos para acceder al empadronamiento deberán ser de carácter oficial, por lo que no se admitirá la presentación, por ejemplo, de un recibo de la luz. Por tanto, el Consejo de Empadronamiento y en último caso los ayuntamientos, deberán acordar qué documento oficial se va a exigir.



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