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C.Valenciana.- Sanidad, condenada a pagar 132.357 ? a una mujer que perdió la visión de un ojo al ser anestesiada



VALENCIA, 24 (EUROPA PRESS)

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la conselleria de Sanidad a pagar 132.357,65 euros a una mujer que sufrió la pérdida de visión de su ojo izquierdo al sufrir una perforación intraocular cuando le anestesiaban para operarla de cataratas. En total, la afectada tuvo que pasar por cuatro intervenciones quirúrgicas.

El tribunal considera probado que, como consecuencia de esta operación, practicada en diciembre de 2000 en el hospital de La Ribera, la mujer, de 57 años, sufre un trastorno ansioso depresivo adaptativo que le ha llevado a la declaración de incapacidad permanente total para la profesión habitual.

La sala destaca la importancia de esta situación ya que el estado de la mujer no le permite someterse a otra operación de cataratas en el ojo derecho "que además es necesaria so pena de quedarse completamente ciega, dado lo avanzado" de esta enfermedad. El tribunal considera que, de acuerdo con la edad de la afectada y de las circunstancias de su caso, la indemnización que le debe corresponder es de 94.450,414 euros por el trastorno adaptativo, 30.000 por la incapacidad y 7.907 por los días de baja.

A esta cantidad se deberá descontar los 20.084 euros que ya le pagó la administración frente a los 192.978,95 euros que la afectada reclamaba. La mujer acudió en diciembre de 2000 al Hospital de La Ribera para hacerse una revisión del ojo derecho por una posible intervención de cataratas y donde se le indicó que se le iba a operar aunque del izquierdo.

Al inyectarle la anestesia debajo del ojo, la mujer no notó "más que lo norma" aunque al ponérsela en la parte superior, tuvo "muchísimo dolor debido a que le había producido una perforación intraocular". La paciente tuvo que ser operada en tres ocasiones más, en la primera ya se le apreció que tenía la retina totalmente desprendida, mientras que en la última se le apreció que como secuela le iba a quedar una pérdida de visión del ojo por falta de sangre en la retina.

La conselleria de Sanidad, al igual que el Consejo Jurídico Consultivo, reconoció la existencia de responsabilidad patrimonial en la actuación de los servicios públicos médicos aunque fijó una indemnización de 20.084 euros ya que consideraba que había estado ocho días de baja y que no procedía a abonar cantidad alguna por la neurosis depresiva que sufría porque afirmaba que no había aportado ningún justificante para valorar esta agravación y se desconocía cómo estaba antes.

Sin embargo, según la sala, los días por los que estuvo de baja la afectada fueron 181 y considera probado, según los informes de varios especialistas, que como consecuencia de la operación en la que sufrió la pérdida del ojo izquierdo, la mujer padece un trastorno ansioso depresivo adaptativo que le llevó a la declaración de incapacidad permanente total para su profesión habitual, a lo que se unió la pérdida de su marido.

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