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Fiscalía no ve infracción penal en el cambio de planos del Algarrobico (Almería) y archiva diligencias



Estima que la actuación de la Junta y el Ayuntamiento cuestionada por el juez Rivera ha prescrito

ALMERÍA, 12 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía Provincial de Almería ha acordado el archivo de las diligencias de investigación incoadas para dirimir si existió infracción penal en la actuación de la Junta de Andalucía con respecto a la construcción del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, al considerar que no puede "extraerse mala fe o intencionalidad o falsedad".

Esta decisión es contraria a lo sostenido por el juez que declaró nula la licencia municipal de obras, quien calificó de "burda maniobra" la modificación que se hizo de la planimetría oficial del parque natural Cabo de Gata-Níjar.

El escrito que suscribe el fiscal López Cervilla, al que tuvo acceso Europa Press, rechaza, asimismo, que el Ayuntamiento de Carboneras actuase contra derecho al autorizar la edificación ya que la zona "no era merecedora de especial protección ambiental sino que era compatible con el uso urbanístico".

Asimismo, matiza que, si bien la concesión del permiso pudo infringir la Ley de Costas al no respetar la zona de servidumbre en 100 metros, su "apreciación resulta de difícil interpretación ya que la parcela estaba bajo un plan parcial aprobado en el periodo transitorio de aplicación de la normativa".

En la misma línea que el escrito con el que el Ministerio Público acordó el archivo de las diligencias de investigación en junio de 2007, y del que recoge numerosos extractos para argumentar la decisión, sostiene que "no se puede hacer ningún reproche penal" a ambas administraciones y subraya que de la sentencia contencioso-administrativa dictada por el juez Jesús Rivera "no se deduce ningún elemento nuevo".cu

A su entender, "se cumple con creces" el plazo de prescripción previsto en el artículo 131 del Código Penal al haber transcurrido más de diez años desde la modificación de los planos por parte de la Junta de Andalucía.

El fiscal López Cervilla cuestiona, en esta línea, que la Consejería de Medio Ambiente actuase con "abulia y desidia", tal y como sostenía el fallo del juez Rivera, que acusaba de sustituir la planimetría del parque natural Cabo de Gata-Níjar oficialmente publicada en BOJA en 1994 por otra para "permitir la construcción del hotel en suelo de especial protección", y por tanto, la existencia de hechos que revistan carácter de prevaricación y contra la ordenación del territorio.

A su juicio, la modificación de tres mapas realizada en 1997 sobre los difundidos un año antes obedece a la "corrección de errores detectados en la confección inicial" que, si bien se hizo por vía de hecho, "no el medio más idóneo para salvar anomalías" --afirma--, no es ilícito ya que el paraje de El Algarrobico era "urbano conforme a las Normas Subsidiarias (NNSS) de Carboneras".

En la citada modificación los terrenos sobre los que se asienta el hotel de Azata del Sol, de 22 plantas y 411 habitaciones, pasaron a estar bajo la calificación de zona D2 --compatible con el uso urbanístico--, un "error" que el representante del Ministerio Público reconoce como una irregularidad administrativa pero no como una infracción penal "al no extraerse mala fe, intencionalidad o falsedad".

FALTA DE JURISPRUDENCIA.

Al respecto del trámite incoado por el Ayuntamiento de Carboneras (PSOE) para la concesión de la licencia municipal en enero de 2003, defiende --frente a la tesis del anterior decreto de Fiscalía--, que no existía entonces "jurisprudencia" sobre una posible infracción a la Ley de Costas en la que, según afirma, la corporación local carbonera hubiese incurrido por la "difícil interpretación de la normativa en su periodo transitorio de aprobación".

El fallo del magistrado Jesús Rivera, que ordenó hace más de tres años la paralización cautelar de la actividad constructiva en el hotel, estima "incontestable" que el inmueble se ubica de "forma clamorosa" en "espacio protegido y no urbanizable" pese a lo sostenido por la Consejería de Medio Ambiente, que localizaba el suelo en zona D2, "no incompatible con el uso urbanístico".

Atribuye, asimismo, a la Administración Autonómica la ejecución de una "burda maniobra" para sustituir la planimetría del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar publicada oficialmente en BOJA de 22 de diciembre de 1994 por otra para "orillar la limitación que imponía" y "permitir de esta guisa" la obra en terrenos de especial protección.

El escrito remitido el 17 de febrero por la fiscal jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General de Estado recogía que la Fiscalía Provincial de Almería acordase la reapertura de las diligencias de investigación sobre las que el mismo órgano judicial decretó el archivo en junio de 2007 al no hallar indicios de prevaricación y delito contra la ordenación del territorio en la gestión de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento.

Las actuaciones ahora archivadas tenían el objetivo de analizar si del procedimiento contencioso-administrativo seguido a instancia del juez Rivera, en el que apreciaba a "falta de una más depurada calificación" ilícito penal en las decisiones adoptadas por las administraciones sobre el paraje de El Algarrobico, se "deducían hechos nuevos o elementos probatorios de relevancia jurídico-penal" con respecto a los "no contemplados" en el anterior decreto del Ministerio Público.

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